Javier Tarazona debería estar libre
Se acerca el fin de año. Desde el primero de octubre el gobierno declaró el inicio de la Navidad ¿No sería bueno que esa familia andina pudiera disfrutar unida esa festividad de encuentro y esperanza?
Ramón Guillermo Aveledo:
Durante dos décadas los venezolanos asociados en FUNDAREDES han dedicado su esfuerzo voluntario a promover la construcción de tejido social para la participación ciudadana por la libertad y la democracia, la cultura de la convivencia, la promoción y defensa de los derechos humanos, objetivos que por definición nos hablan de la correlación inseparable de derechos y deberes que la vida en una sociedad democrática comporta. Su director Javier Tarazona, doctor en Educación, profesor de la UPEL y dos veces presidente del Colegio de Profesores del Táchira, comunidad donde ha sido muy reconocido por su trayectoria, está preso en Caracas desde julio del año pasado.
Entre las iniciativas impulsadas por iniciativa o con la participación del profesor Javier Tarazona, está la propuesta de un diálogo amplio que posibilite el reconocimiento de la verdad y la viabilidad de acciones de justicia transicional, como la idea de una plataforma nacional “Venezuela 2030” que incorpore a todos los actores de la vida nacional en los procesos electorales a realizarse en los próximos ocho años. No se trata pues de un subversivo ni un violento, todo lo contrario. El suyo ha sido un sereno y firme coraje civil de quien actúa a cielo abierto, pacíficamente, con la Constitución en la mano.
FUNDAREDES ha sido una organización seria, valiente y constante. Reúne información confiable sobre la situación, la difunde para que la ciudadanía conozca, comprenda y ejerza tanto sus derechos como sus deberes y las presenta para su procesamiento a los órganos competentes. Sus denuncias sobre las actividades de grupos irregulares de la vecina Colombia en nuestro país, la violencia en el Alto Apure en 2021, las violaciones de derechos humanos las han presentado ante las autoridades, señaladamente ante el Ministerio Público, como corresponde a quienes defienden activamente la vigencia de la Constitución. Mil seiscientas sesenta denuncias ante fiscalías ha formalizado Tarazona. ¿Quién que desconozca la institucionalidad estatal procedería así? Sus estudios acerca de la situación de la frontera son seguidos con respeto profesional por expertos de Caracas. No conspira ni obra en secreto, da la cara a plena luz del día. Lo normal es que todo ese trabajo motive en los organismos oficiales a los que corresponde, investigación rigurosa para descartar lo que no tenga fundamento suficiente y proceder de acuerdo con la ley en los casos que lo ameriten. Ese es su deber. Pero aquí el preso es el denunciante y no los denunciados. Doce meses esperó por el inicio de su juicio y ahora que ha comenzado, se mueve con lentitud que agrava la injusticia, se convocan dos audiencias por mes para atender en cada mes un medio de prueba de los cincuenta que constan en el expediente.
En la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela, mi Alma Mater, aprendí que para ser justa, la justicia debía ser oportuna. ¿Qué podríamos decir de esto?
La familia de Tarazona informa que durante su reclusión que ya supera los quinientos días, una persona que padece de hipertensión arterial, arritmia cardíaca elevada, dislipemia, HTA grado 2, según ESH/ESC, síndrome cardiometabólico, hiperinsulínico y asmático, ha sufrido tratos crueles, inhumanos y degradantes como las califica el numeral uno del artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dictado la medida cautelar internacional de protección Nº 258-20, según resolución 30 del año 2020 que debería, según los compromisos internacionales de Venezuela, salvaguardarlo de arbitrariedades como ésta.
Se acerca el fin de año. Desde el primero de octubre el gobierno declaró el inicio de la Navidad ¿No sería bueno que esa familia andina pudiera disfrutar unida esa festividad de encuentro y esperanza?.-
El Impulso/América 2.1