La Iglesia, como institución terrenal, se rige por leyes que ayudan a mantener el orden dentro de su estructura jerárquica. Por eso, el Tribunal Eclesiástico es una figura de gran importancia que se encarga de impartir justicia, que, aunque es humana, se basa en la divina.çç
El origen del Tribunal Eclesiástico
El sitio del Tribunal Eclesiástico de Barcelona explica que el gobierno de la Iglesia descansa en el Papa, el cual tiene la potestad de regir y guiar, que a su vez, se subdivide en tres funciones: legislativa, ejecutiva y judicial.
Por la función legislativa, se encarga de promulgar leyes eclesiásticas que están contenidas en el Derecho Canónico. Con la función ejecutiva se toman decisiones pastorales y de gobierno, y con la función judicial se administra justicia dentro de una comunidad eclesial.
Pues bien, hoy la función judicial es encomendada de forma ordinaria a los Tribunales Eclesiásticos porque en el principio de la Iglesia, los obispos eran quienes resolvían los conflictos de la Iglesia y sus fieles, pero a partir del siglo IV surgieron jueces ayudantes que dictaban justicia en nombre del obispo.
Los asuntos más comunes que se ventilan en el Tribunal Eclesiástico son aquellos que tienen que ver con el sacramento del matrimonio, específicamente la «declaración de nulidad de matrimonio, y las disoluciones de matrimonio no consumado».
Pero también pueden presentarse «demandas de reclamaciones y reconocimientos de derechos, conflictos societarios, patrimoniales y contractuales, procesos criminales – cuando se trata de un delito canónico – y, por supuesto, se entiende de delitos graves, como los penosos casos de pederastia.
Para estos, el Papa Benedicto XVI promovió la promulgación de las «Normas sobre los delitos más graves» (21 de mayo de 2010). El Tribunal de Barcelona comenta que:
«La Santa Sede publica en su web una página especial con los textos canónicos y la documentación para luchar contra estos delitos».
Las canonizaciones también le competen
Y un asunto más agradable es aquel que el obispo diocesano le delega a los jueces eclesiásticos para tramitar procesos de canonización, que requieren investigación profunda e intervención de diversos actores que se conjugan para verificar las virtudes heroicas de una persona para que pueda ser declarara santa.
Cabe destacar que cada diócesis puede promulgar leyes específicas, de acuerdo a las necesidades de su territorio y feligresía, pero siempre deben estar en conformidad con el Derecho Canónico.
De este modo, la Iglesia vela por sus fieles para que los conflictos que se susciten se resuelvan con justicia. Si requieres de sus servicios, no dudes en consultar con el obispado de tu diócesis, ellos te orientarán.-
Mónica Muñoz – publicado el 26/06/26-Aleteia.org


