By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Accept
Reporte Catolico LaicoReporte Catolico LaicoReporte Catolico Laico
Notification Show More
Font ResizerAa
  • Inicio
  • Iglesia Venezolana
    • Venezuela
  • El Mundo
  • El Papa
  • Cultura Católica
  • Opinión
  • Cartelera
  • Trabajos especiales
    • Lecturas recomendadas
Reading: Doctrina de la Fe aclara término “adulto vulnerable” en casos de abusos y su competencia al respecto
Share
Font ResizerAa
Reporte Catolico LaicoReporte Catolico Laico
Search
Follow US
El Mundo

Doctrina de la Fe aclara término “adulto vulnerable” en casos de abusos y su competencia al respecto

RCL
Last updated: enero 31, 2024 11:24 am
RCL
Published: enero 31, 2024
Share
SHARE

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó una aclaración relacionada con el término “adultos vulnerables” (concepto usado en contextos de abusos en la Iglesia), subrayando que la definición incorpora casos más amplios que los que son de competencia de ese Dicasterio pero evidenciando que para efectos de juicio, sólo se ocupa de los relacionados con los menores de 18 años y los que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón. Ofrecemos a continuación la traducción al castellano de la Aclaración originalmente publicada en italiano en la web del Dicasterio.

***

ACLARACIÓN SOBRE LOS ADULTOS VULNERABLES

Con las modificaciones de las normas sustantivas relativas al motu proprio «Sacramentorum Sanctitatis Tutela» (SST), el Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF) adquirió -a partir del 21 de mayo de 2010- la competencia para conocer los delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo cometidos por clérigos con personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón. Esta competencia fue confirmada sin cambios en la segunda revisión de SST de 2021 (cf. art. 6, 1ª STT).

Entretanto, a raíz de la promulgación del motu proprio «Vos Estis Lux Mundi» (VELM), que entró en vigor el 1 de junio de 2019, se introdujo en el ordenamiento canónico el concepto de adulto vulnerable, que incluye a «toda persona en estado de enfermedad, deficiencia física o psíquica, o privación de libertad personal que limite de hecho, incluso ocasionalmente, su capacidad de entender o de querer o, en todo caso, de resistir al delito» (art. 1 § 2, b VELM).

A este respecto, cabe recordar que la definición de adulto vulnerable incorpora casos más amplios que la competencia de la DDF, que sigue limitada, además de a los menores de dieciocho años, a los que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón. Por lo tanto, los demás casos fuera de estos supuestos son tratados por los departamentos competentes, tal como se describe en el art. 7 § 1 VELM.-

(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 30.01.2024)

You Might Also Like

«El Contraste Paciente», una mirada a la presencia de la Iglesia en el mundo actual
Arzobispo pide a nueva presidenta del Perú trabajar por el bien común y no ideologías
Segunda fase del Sínodo: «Nadie debe sufrir por sentirse excluido de la Iglesia»
Congo: explosión en una iglesia de Beni, la alarma de los obispos
Informe resumido del Sínodo pide una mayor «corresponsabilidad» en la Iglesia y cambios en la toma de decisiones
Share This Article
Facebook Email Print
© Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

Lost your password?