By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Accept
Reporte Catolico LaicoReporte Catolico LaicoReporte Catolico Laico
Notification Show More
Font ResizerAa
  • Inicio
  • Iglesia Venezolana
    • Venezuela
  • El Mundo
  • El Papa
  • Cultura Católica
  • Opinión
  • Cartelera
  • Trabajos especiales
    • Lecturas recomendadas
Reading: Elecciones libres en Venezuela, un tema cuestionable
Share
Font ResizerAa
Reporte Catolico LaicoReporte Catolico Laico
Search
Follow US
Opinión

Elecciones libres en Venezuela, un tema cuestionable

RCL
Last updated: abril 8, 2024 1:05 pm
RCL
Published: abril 8, 2024
Share
SHARE

 

Isaías Márquez:

El mejor sistema electoral es aquel que permite a candidatos y electores confiar en los resultados. Recuperar la confianza de todo ciudadano en  el voto como mecanismo  de resolución de conflictos pasa por  asegurar la realización de unas elecciones libres y justas que permitan cambios en el poder. El conjunto de decisiones políticas y técnicas que hay que tomar en Venezuela para hablar de elecciones competitivas comienza, como punto primordial, por reinstitucionalizar al Consejo Nacional Electoral (CNE).

La CRBV en su artículo 296 expresa taxativamente que, ”el Consejo Nacional Electoral estará integrado por personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos;(…)” y en la Ley Orgánica del Poder Electoral consiste en que las personas designadas para dirigir el destino electoral del país no tengan militancia partidista (copartidario). No obstante, la Ley de Procesos Electorales y del Poder Electoral plantea diferencias importantes entre los rectores que en teoría representan a la sociedad civil y los que son postulados para representar a las universidades y al poder ciudadano (Fiscalía General, Defensoría del Pueblo y Contraloría General).

Según la Ley del Poder Electoral el CNE está integrado por unos tres organismos subordinados: la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Asimismo, establece que los rectores representantes de la sociedad civil deben presidir alguno de estos organismos  subordinados. De hecho, tiene mayor importancia e influencia dirigir alguno de estos organismos que, por ejemplo, ser vicepresidente; pues sería meramente,  un cargo  administrativo.

Por otra parte, la Junta Nacional Electoral es la encargada del sistema automatizado; de la transmisión de resultados; del sistema de identificación biométrico y de definir la ubicación de los centros de votación; a su cargo se encuentra la dirección, la supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos.  En la Comisión de Registro Civil y Electoral recae fundamentalmente, el control del registro de votantes para cada elección. Y, la Comisión de Participación Política y Financiamiento es la instancia encargada del control de la campaña electoral y del origen de los recursos que se utilizan para hacer proselitismo.

A la luz y en mano de este instrumento legal tan preciso y claro, ¿Cuán fiables y libres serían las elecciones a efectuarse el 28/7 venidero. Y, se cumpla saludablemente, la alternancia de poder?.-

You Might Also Like

Ucrania, “aparta de mí este cáliz”
¿Qué es el Pluralismo y cómo Construirlo?
Dolientes indolentes
El retrato: Henrique, Juan, Leopoldo, María Corina
Un mundo en llamas
Share This Article
Facebook Email Print
© Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

Lost your password?