¿Mayoría y Unidad? (10) -Después del 2015: TSJ vs. Asamblea Nacional

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Ismael Pérez Vigil:

Después de las elecciones parlamentarias de 2010, cuando la oposición y los disidentes del oficialismo obtuvieron más votos que el PSUV, los procesos electorales se tornaron mucho más violentos y agresivos; especialmente desde que asumió la presidencia Nicolás Maduro en 2013, quien arreció la represión y la persecución de dirigentes opositores y partidos políticos. No escatimaron medios y recursos para mantener el poder a costa de lo que fuera, teniendo como momento cumbre lo ocurrido el 28 de julio de 2024, cuyos resultados electorales nunca fueron publicados, acta por acta, como es lo establecido en la legislación y lo acostumbrado por las autoridades electorales.

Reacción ante los resultados electorales de 2015

En las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015, el gobierno de Nicolás Maduro y el PSUV sufrieron una derrota contundente, perdiendo la mayoría de la Asamblea Nacional (AN), que habían dominado desde el año 2000 y ante esa derrota, la reacción del Gobierno de Nicolás Maduro y sus instituciones de poder −la AN y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)− fue inmediata, con una serie de acciones judiciales, legislativas y ejecutivas para contrarrestar la mayoría de 112 diputados, dos terceras partes de la Asamblea, obtenida por la oposición.

La reacción fue de diversa índole y perfectamente coordinada:

–       El PSUV, entre el 28 y el 30 de diciembre de 2015, presentó varios recursos contenciosos electorales ante la Sala Electoral del TSJ impugnando la elección de 10 diputados de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y en particular los resultados en el estado Amazonas, que resultó ser en definitiva el objetivo fundamental y se descartaron las otras impugnaciones.

–       El TSJ habilitó días de despacho extraordinarios, para considerar y tramitar de manera inmediata los recursos introducidos por el PSUV y entre esas mismas fechas del 28 y 30 de diciembre, emitió sentencias, entre ellas la N.° 1 que dictó de manera cautelar la suspensión de los efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación dictados por el CNE respecto a todos los diputados electos en el Estado Amazonas, que afectó a la representación de tres diputados de la MUD (Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana) y un diputado del PSUV (Miguel Tadeo Rodríguez). De esa manera, el Estado Amazonas se quedó sin representación parlamentaria −prácticamente durante los cinco años del periodo de la Asamblea Nacional de 2015 (AN2015)− y la oposición perdió la mayoría calificada de 2/3 de la AN, reduciéndose su representación de 112 a 109 diputados, con lo cual se impidió que la oposición tuviera, a partir del 5 de enero de 2016, la mayoría calificada que establece la Constitución para aprobar leyes orgánicas, convocar a una Asamblea Nacional Constituyente o modificar la composición de los Poderes Públicos.

–       La Asamblea Nacional de 2010 (AN2010), finalizando su periodo constitucional, fuera de todo lapso legal, convocó a sesiones extraordinarias a partir del 15 de diciembre; instaló un “Parlamento Comunal” e inició la reestructuración del Poder Judicial. El “Parlamento Comunal”, basado en la Ley Orgánica de las Comunas, aprobada en 2010, tuvo una efímera y meramente política actuación, realizando algunos actos simbólicos: reuniones protocolares, entrega de proyectos de ley al ejecutivo, etcétera; pero, sin una base jurídica real como fuerza opositora a la AN2015, perdió operatividad a partir de la instalación de esta el 5 de enero de 2016 y prácticamente se disolvió, con más pena que gloria.

Pero la reestructuración judicial emprendida por la AN2010 tuvo efectos mucho más contundentes; en resumen, designó y juramentó, el 23 de diciembre, 34 magistrados (13 principales, 21 suplentes), denominados “magistrados exprés”, para asegurar que el TSJ, afecto al gobierno tuviera el pleno control institucional de las Salas Constitucional y Electoral, con las que tomaría una serie de medidas, desde el mismo mes de diciembre de 2015 y durante 2016 y 2017, en contra de la oposición y en pugna con la AN2015.

Pugna AN2015 y TSJ por los diputados de Amazonas

No es un tema trivial evaluar la disputa entre la AN2015 y el TSJ, pues la mayoría calificada de la AN2015 obtenida por la MUD le permitía, como ya vimos más arriba, aprobar leyes orgánicas, convocar a una Asamblea Nacional Constituyente o modificar la composición de los Poderes Públicos. El intento de la AN2015 de ejercer estas facultades con una mayoría calificada, fue bloqueado por el gobierno, y sus instancias de poder, de diversas maneras y desde el mismo primer día de la instalación de la Asamblea.

La AN2015 asumió sus funciones el 5 de enero de 2016, designando su Junta Directiva y al día siguiente juramentó incluso a los diputados de oposición electos en el estado Amazonas; el TSJ, con la Sentencia N° 1 del 11 de enero de 2016 declaró a la directiva de la Asamblea Nacional en “desacato” y dictaminó que todas las decisiones, actos o leyes que aprobara el Poder Legislativo serían considerados nulos e ineficaces mientras se mantuviera la “juramentación de dichos diputados”. Comenzó entonces un forcejeo entre la AN2015 y el TSJ que se prolongó varios meses, casi dos años.

El 12 de enero los diputados de Amazonas solicitaron voluntariamente su “desincorporación”, que fue aceptada el día 13 por la Asamblea y con este gesto se logró que la Sala Constitucional, el 14 de enero, declarara que el “desacato” había cesado temporalmente, lo que permitió que el presidente Nicolás Maduro acudiera a la sede del Palacio Federal Legislativo el 15 de enero a presentar la Memoria y Cuenta de su gestión.

Sentencias del TSJ vs AN2015

El enfrentamiento entre el TSJ y la AN2015 continuó durante todo el año 2016; el 28 de julio de ese año los parlamentarios de Amazonas solicitaron su reincorporación y tras ser juramentados, el TSJ, el 1 de agosto, reiteró el «desacato» contra la AN y anuló de manera permanente todos sus actos legislativos durante los años siguientes.

Desde diciembre de 2015, hasta julio de 2017, más de veinte sentencias emitió el TSJ en contra de las decisiones, leyes aprobadas y demás acciones de la AN2015. En el siguiente vínculo: https://tinyurl.com/e6k97jjz, hay un cuadro resumido de las sentencias más importantes y su contenido.

Actuación de la AN2015

La oposición democrática venezolana, a través de la MUD y algunos sectores independientes de la misma, desplegó una estrategia basada en diversas acciones, que podemos agrupar en tres elementos fundamentales: a través de la actividad legislativa de la AN2015, la movilización de calle y la internacionalización del conflicto.

La AN2015 intentó pasar un conjunto de leyes y emprender acciones, que como sabemos fueron anuladas por el TSJ. Entre las leyes e instrumentos legislativos más importantes que aprobó la AN2015, anuladas por el TSJ, tenemos:

  • La ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, que buscaba la libertad y extinguir las acciones penales contra dirigentes políticos, activistas y manifestantes detenidos o procesados por motivos políticos. Fue aprobada el 29 de marzo de 2016 y anulada por la Sentencia N.º 264 del TSJ el 11 de abril de 2016.
  • Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela, que pretendía dar titularidad de la propiedad sobre el terreno y la construcción a los beneficiados de ese programa gubernamental. Fue aprobada el 13 de abril de 2016 y anulada por la Sentencia N.º 343 del TSJ el 6 de mayo de 2016.
  • Reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), que buscaba restituir su plena autonomía y obligarlo a publicar cifras de manera periódica. Fue aprobada el 3 de marzo de 2016 y anulada por la Sentencia Nº 259 del TSJ el 31 de marzo de 2016.
  • Reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que perseguía reestructurar el Poder Judicial, ampliando el número de magistrados e invalidando los nombramientos de los llamados «magistrados exprés» designados a finales de diciembre de 2015 por la directiva de la saliente AN2010. Fue aprobada el 7 de abril de 2016 y anulada por dos sentencias de TSJ, la Nº 341 del 5 de mayo de 2016 y la Nº 614 del 9 de julio de 2016.

Además de las leyes anteriores, la AN2015 aprobó un Acuerdo de Rechazo al Decreto de Emergencia Económica y Estado de Excepción, dictado mediante el Decreto N.º 2.184 del Ejecutivo Nacional del 14 de enero de 2016 y sus prórrogas sucesivas; este “longevo” decreto, que fue prorrogado en más de veinte oportunidades y duró cinco años, fue rechazado por primera vez por la AN2015 el 22 de enero de 2016; esta decisión de la AN2015 fue anulada igualmente por el TSJ mediante dos sentencias, la Nº 7 del 11 de febrero de 2016 y la Nº 810 del 21 de septiembre de 2016.

Conclusión

Tras su contundente e indiscutible victoria en diciembre de 2015, la oposición democrática venezolana −a través de la MUD y algunos sectores independientes de la misma−, desplegó una estrategia basada en diversas acciones; aquí hemos visto algunas de las iniciativas de la AN2015, que fueron todas anuladas por decisiones del TSJ. En próximas entregas, examinaremos más esas estrategias, las respuestas del gobierno, cómo se desmoronó la MUD y el ambiente general del país en 2017, en cuyo contexto se produjeron la elección de la Asamblea Nacional Constituyente y las elecciones regionales y municipales de ese año.

https://ismaelperezvigil.wordpress.com/

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