¿Qué pasa cuando una diócesis se queda sin obispo?

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El obispo, sucesor de los Apóstoles, se encarga de cuidar y administrar una porción de la Iglesia, entonces, ¿qué pasa cuando una diócesis se queda sin pastor?

No es una situación extraña. Varias diócesis del mundo están actualmente sin obispo, quien se encarga de pastorear una porción de la Iglesia universal. Por eso, cuando no hay cabeza visible, pueden surgir dudas entre los fieles laicos, así es que daremos respuesta a estas inquietudes.

Nos quedamos sin obispo, y ahora, ¿qué pasará?

En primer lugar, no hay que alarmarse, lo que le ocurre, sobre todo, a los fieles laicos que conocen bien a su obispo y se sorprenden mucho cuando les llega la noticia de que ha renunciado o ha sido trasladado a otra diócesis – o ha muerto- .

Luego de la sorpresa, queda la duda: ¿el obispo se va inmediatamente? No. Lo que sí pasa cuando al obispo titular se le da la noticia de que partirá es que cesa su cargo y queda en calidad de Administrador diocesano, es decir, ya no puede tomar decisiones. Además, «cesa toda potestad del Vicario general y del episcopal» (c 418 § 2-1).

Por eso se suspenden las actividades que de rigor encabeza el obispo, como las visitas pastorales o las asambleas diocesanas. Desde ese momento, tampoco deben realizarse cambios de párrocos o resolver cuestiones que tengan que ver con el gobierno de esa Iglesia particular.

Ahora es llamado «obispo electo» de la otra diócesis a la que llegará. Pero sí puede continuar celebrando Misas de fiestas patronales y las confirmaciones que tuviera programadas.

Aún permanece en la diócesis que dejará porque debe arreglar asuntos pastorales, económicos y administrativos para entregarle a su sucesor.

La sede vacante

El Código indica que el obispo tiene dos meses para tomar posesión de su nueva sede episcopal. Solo hasta ese momento, cuando firme y jure, la diócesis quedará en calidad de sede vacante (c 418 § 1.)

Entonces, antes de ocho días, el Colegio de Consultores -constituido por varios sacerdotes – se reunirá para nombrar un Administrador Diocesano. En caso de que no haya obispo auxiliar se nombra a un sacerdote «que destaque por su doctrina y prudencia» (c 425  § 2).

Pero en ese lapso no se hará ninguna modificación de documentos de la curia porque «Vacante la sede nada debe innovarse» (428 § 1).

¿Cuándo será nombrado el nuevo obispo?

Primero, ¿cuándo terminará su misión el Administrador diocesano? Cesará en su cargo «cuando el nuevo Obispo toma posesión de la diócesis» (430 § 1).

¿Y cuándo ocurrirá esto? Dice el Código de Derecho Canónico que «El Sumo Pontífice nombra libremente a los Obispos, o confirma a los que han sido legítimamente elegidos» (c 377 § 1).

Es decir, depende del Papa.  Sin embargo, no hay un tiempo definido para que eso suceda porque depende de muchos factores. Pero eso ya es tema para otro artículo.

Lo único que queda hacer al pueblo de Dios es rogar con intensas oraciones para que el Señor pronto les designe otro pastor que camine junto con ellos en esta peregrinación al cielo.-

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