Opinión

Conatel, el bloqueo de medios digitales es censura

Levy Benshimol:

HORRESCO REFERENS. Me horrorizo al explicarlo.

(Virgilio, Eneida, 2, 204)

El Tribunal Inquisidor de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) de nuevo aplicar censura previa al bloquear los medios digitales Efecto Cocuyo, Crónica Uno y EVTV Miami, violando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 57, 58, y 337 y el artículo 3 párrafo 2 de   la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión Ley Resorte, sobre la libertad de expresión, y el derecho de la información como Derecho Humano.

La acción del mandato del Tribunal Inquisidor de Conatel fue ejecutada por las empresas de telecomunicaciones Cantv y las privadas Movistar, Digitel, Supercable e Inter, operadoras de servicios móviles y de internet,  nueva arremetida del Tribunal Inquisidor  de la  Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel,  que pretende silenciar  bajo la figura de bloqueo, que no es más que una censura previa, los  acontecimientos noticiosos  que en el país  están sucedido,  privando al ciudadano el derecho  de ser debidamente informado y limitándoles  su derecho de expresarse, por cualquier medio según lo pauta  la Constitución y  lo asevera la Ley Resorte.

El Tribunal Inquisidor de Conatel, considera, que, al bloquear esos medios digitales, esto no van trasmitir las noticias, las opciones, lo criterios que sobre la situación actual, política, económica, de salud y social sufrimos los venezolanos. pero qué equivocados, están, pues hoy la tecnología cibernética tiene a su disposición maneras y formas para que la información fluya con mayor sintonía, pues no hay cosa que más le llame la atención al ciudadano común, algo que se le prohíba, se le bloquea o se le censure.

El bloqueo-censura, a los medios digitales Efecto Cocuyo, Crónica Uno y EVTV Miami, por  telecomunicaciones Cantv y las privadas Movistar, Digitel, Supercable e Inter, operadoras de servicios móviles y de internet, ha sido la gran noticia nacional  e internacional, , pues las audiencias de esos medios han considerados que esa acción se debe a que los ciudadanos no estén debidamente bien y profundamente   informados, sobre las noticias de tráfico de droga, contrabando y corrupción,  de:  Keyrineth Fernández, Alcalde del municipio Jesús María Semprún, y los diputados, Taína González y Luis Viloria. Fernández por narcotraficantes. Al Fiscal Superior del estado Bolívar, Manoel Junior Gil, el de Delta Amacuro, Jorge Peña, y José Gregorio Díaz-Fiscal 11 del Bolívar, a el Alcalde del municipio Independencia del estado Anzoátegui, Carlos Vidal, al ex alcalde de Freites, Daniel Haro, por la investigación de contrabando de combustible. A los fiscales destacados en el municipio Tovar del estado Mérida, imputados por los presuntos delitos de corrupción y agavillamiento. La detención por parte de Dirección de Inteligencia Militar, Dgcim, del alto mando policial en el estado Bolívar, por intentar negociar mercurio, elemento que usan al sur del estado Bolívar en la minería ilegal y por la situación que se vive en el estado Apure, en referencia a los grupos guerrilleros de ELN Y FRAC., entre otras importantes noticias.

El Tribuna Inquisidor, de Conatel, no desea por ningún aspecto que esos medios digitales, profundicen tales noticias que afectan la imagen del partido gobernante y por ende la imagen del régimen. Pero esos medios Tribunal Inquisidor de Conatel, solo cumplen con sus principios que les impone el periodismo, y por supuesto seguirán con mayor ahínco informado, a través de sus plataformas cibernéticas y contado con el apoyo de los gremios de periodistas y de editores nacionales e internacionales, y con el respaldo masivos de sus respectivas audiencias, que estarán aún más interesadas en conocer del desarrollo de esas noticias y otras tantas noticias más. .

 Miembros del Tribunal Inquisidor de Conatel, tengan siempre presente, que la información es un Derecho Humano, (artículo 337, CRBV) y que todos aquellos que   lo vulnere comete delito de Lesa Humanidad, delito este que no prescribe; el bloquear que es censurar a un medio de comunicación social, es delito, ya que viola   la Constitución de la República Bolivariana Venezuela, y otras Leyes de la República. Por lo tanto, Tribunal Inquisidor de Conatel, ante ese modelo de bloqueo aplicó la frase   HORRESCO REFERENS. Me horrorizo al explicarlo. (Virgilio, Eneida, 2, 204)

Levy Benshimol  R.

Expresidente del Colegio Nacional de Periodistas

CNP269

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