Levantar las sanciones
No hay sanción americana contra “Maduro, su Padrino, los hermanos Rodríguez, PDVSA o el BCV”. Las sanciones para quienes comercien con ellos, se aplican a las empresas americanas, a los ciudadanos americanos y a los residentes en los Estados Unidos
Oswaldo Páez-Pumar:
Una sanción es una pena o castigo que se impone sobre una persona como consecuencia de una acción suya que no solo merece ser repudiada, sino también castigada. Las sanciones no pueden ser impuestas sino por quien tiene el derecho a imponerlas y la capacidad para hacer efectiva la disposición sancionatoria.
Desde hace ya muchos años, consagrada la igualdad de los Estados y reconocida esa igualdad a través de las organizaciones internacionales, los Estados carecen de capacidad para sancionar a quienes son sus pares (los otros Estados) y menos aún, capacidad para hacer uso de la fuerza imponiendo sobre otros Estados su propia ley.
Los Estados Unidos no han impuesto sanciones sobre Venezuela, ni sobre algunas de sus instituciones, como el BCV o PDVSA, ni sobre algunos de sus ciudadanos como el usurpador Maduro, su Padrino, o los hermanos Rodríguez.
Los Estados Unidos han impuesto a sus nacionales y a sus residentes no nacionalizados, a las empresas americanas y a las extranjeras que han domiciliado en los Estados Unidos sucursales o alguna otra forma de operar desde su territorio, restricciones que implican que esas personas naturales o jurídicas sujetas a las leyes americanas no pueden realizar operaciones comerciales con los sujetos mencionados; y para hacer efectiva su prohibición han establecido sanciones para quienes violen esas normas.
No hay sanción americana contra “Maduro, su Padrino, los hermanos Rodríguez, PDVSA o el BCV”. Las sanciones para quienes comercien con ellos, se aplican a las empresas americanas, a los ciudadanos americanos y a los residentes en los Estados Unidos. Es como si la Asamblea dictara una ley que prohíba a los venezolanos, a los residentes no nacionalizados y a las empresas domiciliadas en el país importar productos de los Estados Unidos y estableciera multas, o penas privativas de la libertad para quien lo hiciera. Aunque estas últimas seguramente no se incorporarían al texto de la ley, porque como ya sabe el lector para ser privado de libertad no hace falta en la Venezuela “bolivariana” una norma legal que lo establezca.
¿Cómo llamar entonces a la gestión de unos venezolanos para que le sean levantadas al usurpador, su padrino, los hermanos Rodríguez, PDVSA o el BCV sanciones que no les han sido impuestas? yo lo llamaría, aunque me pueda equivocar, una “tremenda jalada”; porque desde luego en términos jurídicos, que son los que yo manejo, bien pudiera ser “una gestión de negocios”, que en los 58 años de ejercicio profesional que estoy próximo a cumplir en el agosto venidero, siempre ha sido remunerada; y no quiero ni prejuzgar a los actores, ni que los lectores los prejuzguen.
Caracas, 20 de abril de 2022
América 2.1