Venezuela

Llevan 20 navidades en prisión los policías metropolitanos del 11 de abril

“A ninguno se le comprobó su participación en dos de las 19 muertes ocurridas en Puente Llaguno, las únicas por las que fueron juzgados”

Son inocentes y están en prisión desde hace casi 20 años, dos de los cuales han tenido que pasarlos en una cárcel común. Héctor Rovaín, Erasmo Bolívar y Luis Molina, los policías metropolitanos sentenciados a 30 años de prisión por los sucesos del 11 de abril de 2002, no tienen tregua. “Exigimos que se cumpla la ley y les otorguen las medidas alternativas al cumplimiento de la pena, a las que tienen derecho desde el año 2011”, clamó María Bolívar.

Es la misma petición que la tía del agente Erasmo Bolívar hace desde hace 11 años. Cree que llegó el momento de hacer justicia en este caso y evitar que pasen otra navidad, la número 20, tras los barrotes. “A ninguno se le comprobó su participación en dos de las 19 muertes ocurridas en Puente Llaguno, las únicas por las que fueron juzgados”.

Ellos pagaron la mayor parte de su condena en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, en Los Teques. Desde el 22 de octubre de 2021 fueron trasladados al Centro Penitenciario Fénix, en Barquisimeto, donde difícilmente tienen acceso a los alimentos que les envían sus familiares. “La mayor parte del tiempo pasan hambre, pues a nosotros nos cuesta mucho desplazarnos desde La Guaira o desde Miranda hasta Barquisimeto”.

Desde que están en Fénix no reciben con frecuencia la visita de familiares. La distancia con sus hogares impide que esposas, hijos, hermanos o tíos puedan ir con frecuencia a visitarlos, tampoco llevarles la comida y las medicinas que requieren, pues los costos no lo permiten Así se mantienen, incomunicados, sin más alimentos que el arroz con agua que sirven en el reclusorio.

La inseguridad en ese centro de reclusión es otro de los problemas a los que se enfrentan. El temor por su vida permanece latente y los familiares rezan cada día porque nada les suceda.

Esto podría evitarse si el gobierno permitiera que a los funcionarios les sean otorgadas las medidas alternativas al cumplimiento de la pena, que los devolverían a sus casas, con sus familiares en estas navidades.

Las condenas

Por una foto fue condenado el agente Erasmo Bolívar a 30 años de prisión. El nunca disparó su arma y así lo determinaron los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas durante el juicio más largo de la historia, quienes lo exoneraron de responsabilidades.

También a 30 años de prisión fue condenado el inspector Héctor Rovaín. Pero las balas de su arma de reglamento no coincidían con las encontradas en los cuerpos. El Cicpc lo exoneró, la jueza Maryorie Calderón lo mandó a la cárcel.

Tampoco disparó el cabo primero Luis Enrique Molina, pero hoy enfrenta una condena de 30 años de prisión.

En el juicio que condenó a nueve funcionarios de la Policía Metropolitana hubo muchas incongruencias. Una de las peores fue la que ignoró las conclusiones de las investigaciones de la comisión multidisciplinaria creada para este caso y que presidió el comisario jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Marcos Chávez, designado por el Ministerio Público. Este ente concluyó que todas las armas pertenecientes al parque general de la PM sometidas a experticias y los funcionarios que actuaron el 11 de abril no guardaban relación con ninguna de las muertes ocurridas el 11 de abril. Así lo atestiguó el comisario Chávez en el juicio.

Los derechos conculcados

Tras casi dos décadas en prisión, 20 navidades tras las rejas, la petición de los familiares sigue siendo la misma: El otorgamiento de medidas alternativas al cumplimiento de la pena, que otorga el Código Orgánico Procesal Penal.

María Bolívar insiste: “Son varias las alternativas, desde destacamentos de trabajo hasta libertad condicional. Cualquiera les pueden otorgar porque ya todas están vencidas, la primera desde 2011.”

Los tres funcionarios son beneficiarios de los derechos procesales contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal. El destacamento de trabajo permite al recluso salir a trabajar y regresar al centro de reclusión cada noche. Puede recibir este beneficio cuando tenga la mitad de la pena cumplida. Bolívar, Molina y Rovaín, ahora presos en el CP Fénix, tienen derecho a recibirlo, pues están presos desde abril de 2003.

En el régimen abierto se envía al recluso a un centro de tratamiento comunitario, donde trabaja y pernocta de lunes a jueves. Viernes, sábado y domingo duerme en su casa. Se otorga a partir de los dos tercios de la pena impuesta.

La libertad condicional establece medidas de presentación periódicas ante el tribunal y de ella se goza a partir de las tres cuartas partes de la pena. El confinamiento permite al recluso vivir a 120 kilómetros del lugar donde ocurrieron los hechos. En la última reforma del COPP se eliminó el confinamiento, pero los PM fueron juzgados con el código anterior, por lo tanto preservan sus derechos.

Los policías metropolitanos, además, están amparados por la Ley de Redención Judicial de la pena que conmuta un día en prisión por cada dos días estudiados o trabajados. El tiempo así redimido se les contará también para la suspensión condicional de la pena y para las fórmulas de cumplimiento de ésta.

La denegación de justicia en el caso de los policías metropolitanos ha sido evidente. María Bolívar lo atestigua y exige, nuevamente, que les permitan tenerlos en casa. “Ya son 20 navidades alejados de ellos, ya pagaron lo que no hicieron, déjenlos en libertad”.

Nota de prensa – Carolina González

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