Opinión

¿Quieres que te cuente el cuento del gallo pelón?

En Barbados, intento de acuerdo número 16

Egildo Luján:

Escribimos estas líneas influidos por una inevitable condición estimulada por una situación  que genera mucha preocupación. Son líneas que surgen cuando los venezolanos estamos a sólo dos días de que se produzca un proceso electoral, que se llevará a cabo  antes de que sucedan los comicios programados para el 22/10/2023.

Para los venezolanos, es una obligación que la participación pase a ser un acto de indiscutible  conciencia ciudadana. Votar en esta oportunidad, definitivamente, es un hecho histórico distinguido por la disposición de promover y propiciar responsablemente un paso en respuesta a las exigencias del futuro.

Ya no se trata de si somos o no partidarios del  régimen actual que conduce al país . Sí de que estamos comprometidos con pasos de evolución, al igual que nuestros hermanos e hijos del país. Y lo que eso traduce, es que lo estamos haciendo en respuesta a lo que significa  el hecho innegable de que  ya casi todos los venezolanos (90% o más) dentro y fuera del país, queremos un cambio. Pero, además, que estamos no sólo persuadidos de que somos componentes de una sociedad con ansias de evolucionar, sino que también respondemos a la necesidad de  identificarnos con los retos del mañana,

No actuar obedeciendo a la importancia y necesidad de cambiar de rumbo, y de hacerlo  bajo parámetros distintos y con un nuevo gobierno, equivaldría a no haber entendido el alcance de lo que ha representado vivir bajo la influencia de una lección de casi un cuarto de siglo, y sin entender lo que traduce el hecho  de que el Comunismo todo lo destruye, porque, como forma de gobierno, no sabe nada distinto que  conducir a la ruina, además de seguir abandonando el país, ciudadanos y familiares, además de  amigos en busca de nuevos horizontes.

No cambiar, repetimos, equivaldría a insistir en la sobrevivencia de un Panorama que nos llevaría a una situación de graves peligros, como a un muy posible estallido social cargado de resentimientos perversos, actos de venganza e impredecibles consecuencias. Pero, además, olvidando que  El  RABIOMETRO (Medidor de rabia, frustración, miseria y hambre) está a punto de reventar.

Expuesto este razonamiento, es oportuno comentar sobre la reunión número 16, convocada casi clandestinamente a última hora para  llegar a acuerdos, tan sólo a 4 días de la celebración de las primarias. Nuevamente, en BARBADOS, entre el régimen y algunos delegados de «Unicamente de Partidos Políticos» (que  nunca han sido escogidos bajo parámetros públicos o selectivos, pero sí a espaldas de la Sociedad Civil), se ha dado un hecho que debe ser citado, mencionado y considerado . Con distintas denominaciones (Coordinadora Democrática,  Frente Amplio, Mesa de la Unidad, Plataforma Unitaria, etc.) se ha suscitado lo sorprendente. Y es que  en las 15 reuniones de diálogo anteriores, dentro y fuera del país, o se llegó a acuerdos no cumplidos, o nunca se llegó a acuerdo alguno.

Lo cierto es que el régimen, como se dice en criollo, «Le dio una patada a la lámpara» y abandonó las reuniones. Fue un hecho propio de aquel para quien la única y verdadera intención del régimen, como ha sucedido antes en cada oportunidad, ha sido ganar tiempo, hecho que  ha logrado. En esta nueva oportunidad, se reunieron en Barbados y firmaron un Acuerdo donde todo lo convenido por ambas partes en favor de la OPOSICIÓN  (?), es de carácter obligatorio cumplimiento, de acuerdo a la vigente Constitución Venezolana,  como se detalla a continuación:

A- Fecha de elección presidencial  es un hecho de obligatorio cumplimiento de acuerdo al Art. 230.

B-Actualización del Registro Electoral, Art. 293 numeral 7.

C- Auditorías de todo el Sistema Electoral, Art. 293 y 294.

D- Lo pertinente a observadores Internacionales Art. 152 y 153.

E- Respeto de las autoridades a la normativa, Art. 14 y 137

F- Seguridad de libre tránsito en todo el país. Art 50

G- Mecanismo de financiamiento para candidatos Art. 293

H- Equilibrio en acceso a medios de comunicación Art. 57-58

i. – Normativa para inscripción de candidatos Art. 62 al 65.

J.- Reconocimiento a los resultados electorales Art. 70

K- No se puede inhabilitar a un ciudadano sin haber sometido a un juicio previo. Artículos 65 y 49 numeral 7 de la Constitución y Art. 114 de la ley de Contraloría. (NO HAY INHABILITADOS)

L- Es totalmente inconstitucional tener PRESOS POLÍTICOS.

Los mandatos Constitucionales no están sujetos a acuerdos, ni mucho menos a negociaciones entre los ciudadanos venezolanos, SON DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO. Entonces, apreciados lectores, cabe preguntar ¿QUÉ FUE LO QUE NEGOCIARON EN BARBADOS? Según lo anunciado, acordaron levantar algunas sanciones (?) a cambio de nuestros legítimos derechos constitucionales ????? Piensen y lleguen a sus propias conclusiones.
NO TE QUEDES EN CASA.  VAMOS TODOS A VOTAR.

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