Venezuela

TSJ del regimen de Maduro anula proceso de primaria opositora y ratifica inhabilitaciones

La Sala Electoral del TSJ vinculado a la administración de Nicolás Maduro, admitió el recurso presentado por el diputado de la Asamblea Nacional 2020, José Brito, y ordenó suspender “todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNP).

Analítica:

Este lunes de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) vinculado a la administración de Nicolás Maduro, admitió el recurso presentado por el diputado de la Asamblea Nacional 2020, José Brito, ordenó suspender “todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNP)”.

De acuerdo a la sentencia que publicó el TSJ en su portal web este lunes 30 de octubre, sostiene que “la Comisión Nacional de Primaria, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, debe remitir a este órgano judicial los Antecedentes Administrativos, contentivos de las veinticinco (25) fases que deben regir al Proceso Electoral”.

De acuerdo a la sentencia, lo que se solicita va desde la convocatoria y su constitución como comisión electoral, además del Cronograma Electoral, Registro Electoral con sus lapsos de impugnación y depuración, al igual que las postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración.

De acuerdo al texto que aprobó el TSJ, se incluye en la petición “el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada de manera firme por quince (15) años, María Corina Machado; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por quince (15) años, Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete (7) años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura”.

De la misma manera se solicitan todas y cada una de “las Actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, incluidas las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación”.

La Sala Electoral del TSJ ordenó también remitir un informe acerca de los aspectos de hecho y derecho, donde se indica el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto; todo ello relacionado con la demanda, tal como lo establece el artículo 184 eiusdem, en un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de su notificación.

La medida del TSJ fue notificada al Fiscal General de la administración de Nicolás Maduro, Tarek William Saab, el contenido de esta sentencia dadas las “múltiples y graves denuncias relacionadas con este evento electoral”, todo ello por considerar que pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra “la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes”.-

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba