Elecciones libres en Venezuela, un tema cuestionable
Isaías Márquez:
El mejor sistema electoral es aquel que permite a candidatos y electores confiar en los resultados. Recuperar la confianza de todo ciudadano en el voto como mecanismo de resolución de conflictos pasa por asegurar la realización de unas elecciones libres y justas que permitan cambios en el poder. El conjunto de decisiones políticas y técnicas que hay que tomar en Venezuela para hablar de elecciones competitivas comienza, como punto primordial, por reinstitucionalizar al Consejo Nacional Electoral (CNE).
La CRBV en su artículo 296 expresa taxativamente que, ”el Consejo Nacional Electoral estará integrado por personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos;(…)” y en la Ley Orgánica del Poder Electoral consiste en que las personas designadas para dirigir el destino electoral del país no tengan militancia partidista (copartidario). No obstante, la Ley de Procesos Electorales y del Poder Electoral plantea diferencias importantes entre los rectores que en teoría representan a la sociedad civil y los que son postulados para representar a las universidades y al poder ciudadano (Fiscalía General, Defensoría del Pueblo y Contraloría General).
Según la Ley del Poder Electoral el CNE está integrado por unos tres organismos subordinados: la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Asimismo, establece que los rectores representantes de la sociedad civil deben presidir alguno de estos organismos subordinados. De hecho, tiene mayor importancia e influencia dirigir alguno de estos organismos que, por ejemplo, ser vicepresidente; pues sería meramente, un cargo administrativo.
Por otra parte, la Junta Nacional Electoral es la encargada del sistema automatizado; de la transmisión de resultados; del sistema de identificación biométrico y de definir la ubicación de los centros de votación; a su cargo se encuentra la dirección, la supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos. En la Comisión de Registro Civil y Electoral recae fundamentalmente, el control del registro de votantes para cada elección. Y, la Comisión de Participación Política y Financiamiento es la instancia encargada del control de la campaña electoral y del origen de los recursos que se utilizan para hacer proselitismo.
A la luz y en mano de este instrumento legal tan preciso y claro, ¿Cuán fiables y libres serían las elecciones a efectuarse el 28/7 venidero. Y, se cumpla saludablemente, la alternancia de poder?.-