Venezuela

Misión de Determinación de los Hechos exige fin de la práctica estatal de aislamiento en Venezuela

Según la ONG Foro Penal, en Venezuela hasta el 12 de mayo se contabilizaban 895 presos políticos, de los cuales 169 son militares, 87 mujeres y 5 adolescentes

La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos (MDH) sobre la República Bolivariana de Venezuela ha exigido al gobierno del país caribeño en un comunicado de prensa publicado el 14 de mayo que cese la práctica de detener a individuos opositores, o percibidos como tales, incluidos los defensores de derechos humanos en condiciones de aislamiento e incomunicación.

Esta práctica, según el órgano establecido por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) en septiembre de 2019; a menudo equivale a desapariciones forzadas. La misión expresó su profunda preocupación por la falta generalizada de salvaguarda judicial efectiva en Venezuela. Señalan que esta ausencia de protección se ejemplifica con la ineficiencia del mecanismo de hábeas corpus, fundamental en contra de las detenciones arbitrarias, las desapariciones forzadas y el riesgo de torturas.

En el comunicado de la entidad afirman que, Los cuerpos de seguridad del Estado, como el Sebin, GNB, PNB y Dgcim, en supuesta connivencia con el Ministerio Público, serían responsables de llevar a cabo estas prácticas. Los juzgados penales y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia serían -conforme a lo expresado por la misión- cómplices al asegurar la impunidad de estos crímenes y graves violaciones a los derechos humanos. La comisión ha investigado y corroborado con motivos razonables que, en al menos 20 casos recientes, los recursos de hábeas corpus no fueron recibidos, fueron rechazados o no obtuvieron respuesta.

Según la oenegé, la indiferencia, resistencia o negativa del aparato judicial a recibir y tramitar hábeas corpus constituye un grave incumplimiento de deberes y un acto de complicidad. Asimismo recuerdan que la privación grave de la libertad en violación del derecho internacional, la tortura y la desaparición forzada pueden ser crímenes de lesa humanidad cuando se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil.

El grupo ha expresado reiteradamente que estas conductas se cometen en Venezuela como parte del crimen de lesa humanidad de persecución fundada en motivos políticos. Instaron a las autoridades venezolanas a salvaguardar la vida e integridad de las personas bajo custodia y de los defensores de derechos humanos, y exigieron la liberación incondicional de todas las personas detenidas arbitrariamente.

Eduardo Torres: otra víctima de las acciones reclamadas

La situación del abogado y defensor de derechos humanos Eduardo Torres, miembro del Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea), ilustra la desprotección ante la ley mencionada por la misión. Torres se encuentra en paradero desconocido desde el 9 de mayo, a las 4:00 pm, cuando informó que se dirigía a su casa.

Tras más de 96 horas de silencio oficial, el fiscal general Tarek William Saab reconoció en la cuenta de Instagram del Ministerio Público su detención bajo custodia del Estado venezolano el martes 13 de mayo. No obstante, el fiscal no proporcionó información sobre la fecha, hora, lugar o cuerpo de seguridad que ejecutó la detención, ni sobre una posible orden de aprehensión, la Fiscalía a cargo o el lugar de detención.

Durante el tiempo de su desaparición, su familia, el equipo de Provea y otras organizaciones denunciaron los hechos. Su esposa, Emiselys Núñez, acompañada por miembros de oenegés de la cual forma parte Torres, recorrieron centros de detención del Dgcim, Sebin y PNB, mas los funcionarios negaron su reclusión en esos sitios. A pesar del reconocimiento de la captura, sus familiares y abogados de confianza no han podido constatar su paradero y condiciones de salud conforme a lo establecido en la Constitución. Por ello Provea reafirmó en su comunicado publicado el 14 de mayo que Torres se encuentra en desaparición forzada.

El fiscal general afirmó que Torres fue presentado “conforme lo establecen los lapsos procesales, garantizándole su derecho a la defensa”. Sin embargo, según lo informado por Provea, dada la recurrente violación del debido proceso, a parientes y abogados les resulta imposible tener certeza sobre el cumplimiento de estos lapsos. Aparte a lo antes denunciado, no se ha permitido la asistencia de un abogado de fiar, lo que cercena su derecho a la defensa en base a lo expresado por la oenegé.

El 11 de mayo, familiares y equipo de la organización Provea esperaron por más de 7 horas la posible presentación de Torres en tribunales, incluso así no ocurrió. Adicionalmente no se le recibió un escrito de hábeas corpus a su esposa por la ausencia de una “autorización superior”. Según la MDH, la Sala Constitucional finalmente aceptó recibir el recurso el lunes 12 de mayo por la mañana.

“La indiferencia, la resistencia o la negativa del aparato judicial a recibir y tramitar hábeas corpus es un grave incumplimiento de los deberes de sus funcionarios y supone un acto de complicidad”, dijo Patricia Tappatá, experta de la MDH. “El hábeas corpus ha salvado vidas y contribuido a la investigación del comportamiento de gobiernos y grupos paraestatales que actúan en la ilegalidad y el secreto, precisó”.-

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