Qué haría si fuera alcaldesa
El domingo habrá elecciones para elegir alcaldes, no hay mucho entusiasmo, pero no podemos dejar de lado la importancia del Poder Municipal. Sobre las competencias de un alcalde dedico la columna

Luisa Pernalete:
Si fuera alcaldesa, lo primero que pondría en mi oficina sería mi cartelera para recordar asuntos principales de mi gestión. No podemos confiar sólo en un celular al cual no podemos estar viendo todo el tiempo. La cartelera está siempre ahí, con los “urgentes”, “importantes”,” impostergables” y “pendientes para hoy”. Y al lado, en mi escritorio, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues, un alcalde debe hacer cumplir la Constitución en su Municipio, y debe comenzar por cumplirla él.
Es útil comenzar una gestión del poder municipal, el que debe estar más cercano a los ciudadanos, leyendo y releyendo muchas veces el preámbulo de esa CRBV, dónde reza que Venezuela quiere ser una sociedad “democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural”, nada de pensamiento único, exclusiones y cosas parecidas, pues. Recordar también el Art. 132, que dice “toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social”. Es decir, que promover los DDHH es un deber ciudadano.
Toda la CRBV debo conocerla, sobre todo el capítulo IV, de los derechos políticos, subrayando IV algunos, como el 68, que dice que todos los ciudadanos tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas. Es un derecho, no un delito.
Pero en donde me tengo que detener, y con ese capítulo hacer mi plan de gestión sería el Cap. IV, Del poder Público Municipal, y en concreto el art. 178, sobre competencias del municipio, y específicamente los numerales 2, 4 y sobretodo el 5. Veamos porqué.
Aunque velar por el mejoramiento de la vida de los ciudadanos es parte de lo que tiene que hacer un alcalde, eso supone que debo conocer el municipio, recorre sus calles, ver yo misma como están las vías, detenerme en las esquinas para ver si hay discapacitados vendiendo algo para sobrevivir, i ver si hay niños fuera de las escuelas, limpiando vidrios… tener mis propios “informes” de la situación de los ciudadanos a los cuales me debo sea por quien sean que hayan votado, incluso si no votaron. Mucha empatía debe tener un alcalde, y preguntarse siempre: “¿Y si fuera yo, si fuera mi hijo…?”
Pero detengámonos en ese Art. 178. El numeral 2 dice que la vialidad es responsabilidad del poder municipal, no importa en qué zona de la ciudad, toda la vialidad. Y si hay demasiados huecos, hacer un plan que permita ir avanzando…En algunos países, si a un conductor se le estropea su carro por haber caído en un hueco, puede pedir a la alcaldía que se lo arreglen, después de todo los ciudadanos pagan sus impuestos, esos que llaman “trimestres”.
El numeral 4 habla del deber de proteger el ambiente y cooperar con el saneamiento ambiental. ¡Muy importante! Ello supone estar atento al servicio de aseo urbano, pero también estar atenta a reforestar áreas que han sido desforestadas, por las autoridades o por los ciudadanos. Supone educación ambiental no sólo en las escuelas.
Y llegamos al numeral 5, que sólo con eso tenemos para llenar otra cartelera. Pues tiene que ver con competencias tales como “salubridad y atención primaria en salud, servicios de protección a la primera y segunda infancia, a la adolescencia y a la tercera edad; educación preescolar…”. Todo el numeral es súper importante, pero como yo se que los derechos de los NNA son Prioridad Absoluta – Art. 78 de la CRBV y 7 de la LOPNNA- ello significa que, si no se tiene en la alcaldía dinero para todo, los derechos de los NNA tienen prioridad. Y si mis finanzas municipales estuvieran muy mal, comenzaría por ver cuánto tiempo hace que no se construye un preescolar, recordaría lo que ha dicho la gente de la UCAB en su Encuesta de Condiciones de Vida -ENCOVI – según la cual casi la mitad de los niños y niñas en edades de 3 a 5, están fuera de la educación inicial. Un observatorio educativo sería muy útil en el municipio. Hablaría con la gente de AVEC y dentro de ella la de Fe y Alegría, y preguntaría cómo hacer para que esos niños y niñas asistan a la escuela, si faltan locales para ello, si hay que ayudar a las familias… La educación inicial es la base de la educación de los NNA, hay que integrarlos… Hacer campañas públicas…
No quisiera cansarles, ni pedir que toda la oficina esté llene de carteleras, pero no puedo terminar estas líneas sin subrayar que un alcalde, en realidad todos los funcionarios electos por los ciudadanos, tienen el deber de administrar con honestidad los dineros públicos y rendir cuanta a los ciudadanos. El artículo 141 de la CRBV lo recuerda: “La administración pública estará al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia y eficiencia, transparencia, rendición de cuentas “.
Este artículo, el 145 de la CRBV, lo pondría en letras grandes en mi cartelera: “Los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna”. ¿Lo entenderán todos?
Bueno, hay que trabajar en equipo en el Poder Municipal, tener coherencia entre lo que se dice y lo que se hace, y los ciudadanos deben estar pendientes de los planes necesarios para su municipio.
Si fuera alcaldesa, cada noche antes de dormir haría mi examen de conciencia, daría gracias a Dios por las posibilidades de hacer el bien que ofrece esa responsabilidad, y no podría tener muchas vacaciones.-
25/07/25