¿El sacerdote puede negar la comunión en algún caso?
Un tema delicado que es importante tocar porque, para el sacerdote, no es sencillo determinar si debe negar la sagrada comunión en algún momento

El sacerdote debe cuidar la santísima Eucaristía porque es Cristo mismo quien está presente en ella. Por eso, resulta complejo determinar a quién se le puede negar la sagrada comunión, si es que existe alguna causa que lo amerite. Veamos qué dice la Iglesia al respecto.
Derecho Canónico
Leemos en el artículo 2, canon 912 de Código de Derecho Canónico que «todo bautizado a quien el derecho no se lo prohíba, puede y debe ser admitido a la sagrada comunión».
Además, el canon 843 formula así:
«Los ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a quienes los pidan de modo oportuno, estén bien dispuestos y no les sea prohibido por el derecho recibirlos».
Es claro que sí existen razones que pueden impedir al bautizado acercarse a la comunión, como es el caso de los excomulgados, como lo marca el canon 915:
«No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave».
Por supuesto, para que esto se lleve a efecto debe ser conocida la condición de excomunión. Y, sinceramente, esos casos son raros.
Pecadores «públicos»
Ahora bien, si hablamos de los «pecadores públicos», por llamarles de algún modo porque todos somos pecadores, es decir, personas que viven en situación de pecado conocido como los divorciados vueltos a casar, los alcohólicos o drogadictos, etc., – situaciones, por cierto, muy complejas – no se deben juzgar a la ligera.
En esos casos el sacerdote no tiene modo de adivinar si se han confesado válidamente y recibido la absolución. Por eso, aunque sepa que la persona vive en pecado, él no puede hacer un juicio con solo verla, por eso no debería negarle la comunión porque la pondría en evidencia- a menos que se acerque en estado inconveniente – .
Seamos sinceros
Sin embargo, la responsabilidad recae en quien sabe que vive mal. El Derecho Canónico exhorta a los fieles de esta manera:
«Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la Misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes» (canon 916 ).
En conciencia, si la persona no se ha confesado debidamente y no tiene deseos de cambiar su modo de vivir, debe evitar acercarse a la comunión.-
Mónica Muñoz – publicado el 18/12/25-Aleteia.org




