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«Dignitas infinita»: Sobre la Dignidad Humana II

¿Qué pensar del documento “Dignitas Infinita” emanado del “Dicasterio para la Doctrina de la Fe” y reconocido por el Sumo Pontífice Francisco?

Nelson Martínez Rust:

 

El presente escrito continúa el de la semana pasada. En el primer escrito tratamos de acercarnos a lo que enseña la Revelación en torno al “Misterio del hombre”. Recorriendo brevemente las Sagradas Escrituras vimos cómo el pueblo de Israel, al meditar sobre el libro sagrado, “…hagamos al ser humano a nuestra imagen, como semejanza nuestra…Creó, pues, Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios lo creó…” (Gn 1,26-28) y contraponerlo con su vivencia histórica, va tomando, paulatinamente, conciencia de la respuesta a la apremiante pregunta acerca del hombre: el hombre es creatura de Dios, constituye el pueblo de Dios, es el resultado del amor infinito de Dios. Al preguntarnos ¿en qué consiste dicha semejanza? Nos percatamos de que, en primer lugar, esta relación de “semejanza” con su creador separa al hombre del común de los animales, pero, al mismo tiempo, enseña que el ser creado tiene una “participación” con Dios en cuanto a la naturaleza divina, aunque sin llegar a ser Dios. Sin embargo, el texto sagrado no define en qué consiste y en dónde se da ese parecido. No obstante, el hecho de ser “imagen” y “semejante” a la divinidad creadora supone el estar dotado de inteligencia, voluntad y libre determinación, lo que le brinda al ser humano la posibilidad cierta de entrar en una relación estrecha y vinculante con su creador si es de su querer y determinación. El hecho del disfrute de tal semejante también lo capacita para ejercer el dominio sobre todo lo creado, y por consiguiente para continuar con la creación – lo creando – y su transformación por mandato divino.

B.-    LA TRADICION

Las Iglesias cristianas, fiel al mandato de su fundador Jesucristo de predicar la Verdad sobre la humanidad y su destino (Mc 16,15), no ha cesado de dar a conocer la naturaleza del hombre, su filiación y vocación divina en la participación de la vida de su Creador y por lo tanto a la “dignidad” implícita de la que goza por ser creado a “imagen” y “semejanza” de Dios.

Estudiosos de la Doctrina Social de la Iglesia sitúan su inicio con la publicación de la “Rerum Novarum”, carta encíclica de León XIII del 15 de mayo del 1891. Con anterioridad el Papa había publicado la encíclica “Quod Apostolici Muneris” del 28 de diciembre del 1878 en donde denunciaba los errores del socialismo ateo. Sin embargo, antes de la publicación de estas enseñanzas hubo cristianos comprometidos que trataron de dar una respuesta a “La Cuestión Social”. No es el momento de enumerar a estos pioneros de la Doctrina Social de la Iglesia. Ciertamente León XIII recoge, sistematiza y, a la luz del Evangelio y la Inspiración divina, comunica su enseñanza para la Iglesia universal.

Si escudriñamos la doctrina de los Padres de la Iglesia, nos daremos cuenta de la enseñanza sobre el hombre y su destino sobrenatural. De la misma manera podemos hacer con la Edad Media, el Renacimiento, el siglo de la Luces, la edad de la Industrialización hasta llegar a nuestros días con el Papa Juan XXIII y sus cartas encíclicas “Mater et Magistra” (15 de mayo de 1961) y “Pacem in Terris” (11 de abril de 1963). El Concilio Vaticano II, deseoso de llegar a cabo el tan nombrado “aggiornamento” de la Iglesia, con sus Constituciones Dogmáticas “Lumen Gentium” y “Gaudium et Spes” y la Declaración “Dignitatis Humanae”, no solamente actualiza la enseñanza social de la Iglesia, sino que le abre una frontera antes no soñada para un futuro desarrollo. Si del Post-Concilio se trata no se pueden olvidar los escritos sociales de Pablo VI “Populorum Progressio” (26 de marzo de1967), “Humanae Vitae” (25 de julio de 1968), “Octogesima Adveniens” (14 de mayo de 1971) y “Evangelii Nuntiandi” (8 de diciembre de 1975); Juan Pablo II “Redemtoris Hominis” (4 de marzo de 1979), “Laborem Excercens” (14 de septiembre de 1981), “Familiaris Consortio” (22 de noviembre de 1981), “Sollicitudo Rei Sociali” (30 de diciembre de 1987), y “Mulieris Dignitatem” (15 de agosto de 1988) además del discurso inaugural de la III “Conferencia del Episcopado Latinoamericana” en Puebla de Los Ángeles (1979). No se puede dejar de enumerar las “Instrucción sobre algunos aspectos de la “teología de la liberación” (6 de agosto de 1984) e “Instrucción sobre Libertad Cristiana y Liberación” (22 de marzo de 1986). Estas dos últimas firmadas por Joseph Cardenal Ratzinger como prefecto de la Doctrina de la Fe. Estas declaraciones ocasionaron interesantes discusiones por la materia que trataban – postura crítica sobre la “Teología de la Liberación” sustentada por sacerdotes y laicos – y por la ocasión en que fueron publicadas – llamada clara sobre la inviabilidad de un diálogo fructífero entre marxistas y cristianos (el Evangelio) -. Además, señalaba el verdadero contenido que debe dársele al término “liberación” en concordancia con la fe católica. De todos es conocida la enseñanza de Benedicto XVI y Francisco en el tiempo presente.

Como se observará la “Doctrina Social de la Iglesia” asume, hoy en día, un espectro mucho más amplio del que en un primer momento tenía. Hoy en día tiene una visión integral e integradora del hombre y de su contorno. Este es no solo social y económica, sino que adquiere una dimensión global, más en concordancia con la enseñanza paulina sobre el ser humano que hemos visto la semana pasada.

El documento “Dignitas Infinita” presenta una síntesis, a nuestro entender, sumamente apretada (No. 2-6). Quizás hubiera sido mejor presentar un estudio mucho más meticuloso, detallado y amplio de la concepción del hombre y de la mujer siguiendo la Revelación en vista de las circunstancias doctrinales por las cuales está pasando el Occidente Cristiano de descristianización y de desvalorización de la persona humana. La ocasión de la publicación del documento parece ser la celebración de 75º aniversario de la declaración de los “Derechos Humanos” por parte de la Asamblea General de Las Naciones Unidas; hecho ocurrido el 10 de diciembre de 1948. En efecto, el documento señala: “Esta dignidad ontológica y el valor único y eminente de cada mujer y cada hombre que existe en este mundo fueron recogidos con autoridad en la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” (10 de diciembre de 1948) por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Al conmemorar el 75 aniversario de este documento, la Iglesia ve la oportunidad de proclamar una vez más su convicción de que, creado por Dios y redimido por Cristo, todo ser humano debe ser reconocido y tratado con respeto y amor, precisamente por su dignidad inalienable” (No 2).

Otra característica del documento es la fundamentación que hace de la “dignidad humana” desde una perspectiva filosófica medieval – Boecio – (No. 9-10), para, finalmente mostrar unas “perspectivas bíblicas” (No.11-12). El numeral 13 vuelve a tomar la referencia filosófica, pero esta vez bajo la reflexión del personalismo, y, posteriormente, volver a la doctrina de la Iglesia (No. 17-22).

Dignitas infinita”, con la finalidad de evitar confusiones y “contradicciones que nos llevan a preguntarnos si verdaderamente la igual dignidad de todos los seres humanos…, [sea] reconocida, respetada, protegida y promovida en todas las circunstancias” (No. 7), presenta la siguiente división de la “dignidad” de la persona humana: a.- La dignidad ontológica. Es aquella “que corresponde a la persona como tal por el mero hecho de existir y haber sido querida, creada y amada por Dios. No puede ser nunca eliminada y permanece válida más allá de toda circunstancia en la que pueden encontrarse los individuos”. b.- La dignidad moral. Es aquella que “se refiere…al ejercicio de la libertad por parte de la creatura humana. Esta última, aunque dotada de conciencia, permanece siempre abierta a la posibilidad de actuar contra ella”. c.- La dignidad social. Es aquella que se refiere “a las condiciones en las que vive una persona” y d.- La dignidad existencial. Es aquella que se refiere “a situaciones de tipo existencial: por ejemplo, al caso de una persona que, aun no faltándole, aparentemente, nada esencial para vivir, por diversas razones, le resulta imposible vivir con paz, con alergias y con esperanza” (No 8-9). El documento vaticano con estas divisiones trata de abarcar toda la gama doctrinal que se puede dar en torno a la “Dignidad” humana creada a “imagen” y “semejanza” de Dios.

Teniendo presente la doctrina brevemente expuesta, “Dignitas Infinita” pasa a enumerar y señalar algunos atentados a esta dignidad que como hemos visto, tiene su fundamento en la misma esencia del hombre. A saber: “El trabajo de los emigrantes”, “La trata de las personas”, “Los abusos sexuales”, “Las violencias contra las mujeres”, “El aborto”, “La maternidad subrogada”, “La eutanasia y el suicidio asistido”, “El descarte de las personas con discapacidad”, “La teoría de género”, “El cambio sexual” y “La violencia digital”.

¿Qué pensar del documento “Dignitas Infinita” emanado del “Dicasterio para la Doctrina de la Fe” y reconocido por el Sumo Pontífice Francisco? Ciertamente que se hacía sentir la necesaria voz de la Iglesia con el fin de señalar, aclarar y alertar sobre el desorden moral que hemos estado viviendo desde el siglo pasado – mediados de la década de los 60 – y que se ha acentuado notablemente en los años subsiguientes y desbordado en los primeros veinticinco años del siglo presente.

El documento en cuanto tal ha sido poco difundido y estudiado, por lo tanto, es poco conocido. Es necesario exponer con claridad y precisión la doctrina que no ha sido elaborada por la Iglesia ni pensamiento filosófico alguno sino recibida a manera de don por revelación divina acerca del hombre a fin de que, cumpliéndola, le permite alcanzar una vida digna y cónsona con su dignidad en su vida mortal y disfrutar de Dios después de su muerte. Hay que tener claridad en el hecho de que con la predicación de la verdad sobre el hombre no se le presta un servicio sólo a Dios sino también al hombre necesitado de la verdad sobre sí mismo. Por lo tanto, no puede haber excusa. No exponer con claridad o mutilar dicha doctrina para hacerla “potable” o “hacerse simpático” al hombre de hoy es faltar gravemente a la función que se le ha encomendado a la misma Iglesia.

Ciertamente que la Declaración ha podido ser mejor concebida y redactada dada la cantidad de doctrina que se ha venido elaborando a través del tiempo, pero esa realidad no excusa que deba leérsela atentamente, meditársela y exponerla.-

 

Valencia. Mayo 12; 2024

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