Doctrina de la Fe, con el aval del Papa, publica ‘Mater Populi fidelis’
El Vaticano descarta declarar 'Corredentora' a María: "No presta un servicio a la fe del Pueblo de Dios y se vuelve inconveniente"

«Existen algunos grupos de reflexión mariana, publicaciones, nuevas devociones e incluso solicitudes de dogmas marianos, que no presentan las mismas características de la devoción popular, sino que, en definitiva, proponen un determinado desarrollo dogmático y se expresan intensamente a través de las redes sociales despertando, con frecuencia, dudas en los fieles más sencillos»
El título de Corredentora «corre el riesgo de oscurecer la única mediación salvífica de Cristo y, por tanto, puede generar confusión y un desequilibrio en la armonía de verdades de la fe»
No habría quinto dogma mariano, y la Virgen María no será declarada, al menos por el momento, como ‘Corredentora’. Al menos, así se colige de ‘Mater Populi fidelis’, la nota doctrinal publicada este martes por Doctrina de la Fe, con el aval expreso de León XIV, en el que cuestiona expresamente dicho término para referirse a María. «No presta un servicio a la fe del Pueblo de Dios y se vuelve inconveniente«.
Tal y como explica en su introducción el prefecto del dicasterio, Víctor Manuel ‘Tucho’ Fernández, «existen algunos grupos de reflexión mariana, publicaciones, nuevas devociones e incluso solicitudes de dogmas marianos, que no presentan las mismas características de la devoción popular, sino que, en definitiva, proponen un determinado desarrollo dogmático y se expresan intensamente a través de las redes sociales despertando, con frecuencia, dudas en los fieles más sencillos«.
Se trata, añade Fernández, de «reinterpretaciones de expresiones utilizadas en el pasado con diversos significados. Este documento tiene en cuenta estas propuestas para indicar en qué sentido algunas responden a una devoción mariana genuina e inspirada en el Evangelio, o en qué sentido otras deben ser evitadas porque no favorecen una contemplación adecuada de la armonía del mensaje cristiano en su conjunto«.
Corredentora, Mediadora, Cooperadora, Madre de los Creyentes
El texto arranca subrayando cómo «la devoción mariana, que la maternidad de María provoca, es presentada aquí como un tesoro de la Iglesia». «La piedad del Pueblo fiel de Dios que encuentra en María refugio, fortaleza, ternura y esperanza, no se contempla para corregirla sino, sobre todo, para valorarla, admirarla y alentarla», insiste el documento, que no obstante ofrece una suerte de guía sobre algunos términos en discusión, desde ‘Corredentora’ a ‘Cooperadora’, pasando por ‘Mediadora’ o ‘Madre de los Creyentes’.
«Además de los problemas terminológicos, algunos títulos presentan dificultades importantes en cuanto al contenido porque, con frecuencia, se produce una comprensión errónea de la figura de María», sostiene Mater Populi fidelis, quien hace un repaso de la visión de la Madre de Dios llevada a cabo por la Iglesia a través de los siglos, hasta llegar al dogma de la Inmaculada Concepción, que «destaca la primacía y unicidad de Cristo en la Redención» y a María como «primera redimida» por su hijo.
En concreto, el término ‘Corredentora’, que buscaba referirse a una abreviación de ‘Madre del Redentor’, no fue explicado suficientemente por muchos pontífices. Así, «teniendo en cuenta la necesidad de explicar el papel subordinado de María a Cristo en la obra de la Redención, es siempre inoportuno el uso del título de Corredentora para definir la cooperación de María. Este título corre el riesgo de oscurecer la única mediación salvífica de Cristo y, por tanto, puede generar confusión y un desequilibrio en la armonía de verdades de la fe cristiana, porque «no hay salvación en ningún otro, pues bajo el cielo no se ha dado a los hombres otro nombre por el que debamos salvarnos»».
«Cuando una expresión requiere muchas y constantes explicaciones, para evitar que se desvíe de un significado correcto, no presta un servicio a la fe del Pueblo de Dios y se vuelve inconveniente», añade el documento, que insiste en que «no ayuda a ensalzar a María como la primera y máxima colaboradora en la obra de la Redención y de la gracia, porque el peligro de oscurecer el lugar exclusivo de Jesucristo, Hijo de Dios hecho hombre por nuestra salvación, único capaz de ofrecer al Padre un sacrificio de valor infinito, no sería un verdadero honor a la Madre».
El documento también reclama una mayor precisión a la hora de hablar de María como «Mediadora», pues «frente a una tendencia a ampliar los alcances de la cooperación de María a partir de este término, es conveniente precisar tanto su valioso alcance como sus límites».
En sentido estricto, añade el texto de Doctrina de la Fe, «no podemos hablar de otra mediación en la gracia que no sea la del Hijo de Dios encarnado«. Y es que María «estuvo unida a Cristo desde la Encarnación hasta la cruz y la Resurrección de un modo exclusivo y superior a cuanto podría ocurrir con cualquier creyente» pero no «por méritos propios, sino porque a ella se aplicaron plenamente de forma peculiar y anticipada los méritos de Cristo en la cruz, para gloria del único Señor y Salvador».
La maternidad de María está subordinada a la elección del Padre, a la obra de Cristo y a la acción del Espíritu Santo
En cuanto a la maternidad de María, el documento añade que «está subordinada a la elección del Padre, a la obra de Cristo y a la acción del Espíritu Santo». «María actúa con la Iglesia, en la Iglesia y para la Iglesia. El ejercicio de su maternidad se encuentra en la comunión eclesial y no fuera de ella; conduce a la Iglesia y la acompaña», sostiene Mater Populi Fidelis.
Sí valora el documento la intercesión de la Virgen, señalando que «existe una colaboración única de María en la obra salvífica que Cristo realiza en su Iglesia». Con cautela, no obstante.
«Este sentido de “Madre de los creyentes” permite hablar de una acción de María también en relación con nuestra vida de la gracia. Pero conviene advertir que ciertas expresiones, que pueden ser teológicamente aceptables, fácilmente se cargan de un imaginario y un simbolismo que transmite, de hecho, otros contenidos menos aceptables«, advierte Doctrina de la Fe, que insiste que «la maternidad de María en el orden de la gracia debe entenderse como dispositiva». porque «nuestra salvación es obra sólo de la gracia salvadora de Cristo y no de algún otro».
«Ninguna persona humana, ni siquiera los apóstoles o la Santísima Virgen, puede actuar como dispensadora universal de la gracia. Sólo Dios puede regalar la gracia y lo hace por medio de la Humanidad de Cristo», resalta el texto, quien apunta que María «coopera en la economía de la salvación por una participación derivada y subordinada; por lo tanto, cualquier lenguaje sobre su “mediación” en la gracia debe entenderse en analogía remota con Cristo y su mediación única».Pues «en la perfecta inmediatez entre un ser humano y Dios en la comunicación de la gracia, ni siquiera María puede intervenir».
Por ese motivo, «se debe evitar cualquier descripción que haga pensar, de un modo neoplatónico, en una especie de derramamiento de la gracia por etapas«, recalca Doctrina de la Fe, que también advierte del «‘desborde’ de la gracia que tiene María», que «sólo podrá tener un sentido adecuado si no contradice cuanto dicho hasta ahora».
Mediadora de todas las gracias
«Algunos títulos, como por ejemplo el de Mediadora de todas las gracias, tienen límites que no facilitan la correcta comprensión del lugar único de María. De hecho, ella, la primera redimida, no puede haber sido mediadora de la gracia recibida por ella misma», finaliza el documento, que advierte que «el título antes mencionado corre el peligro de ver la gracia divina como si María se convirtiera en una distribuidora de bienes o energías espirituales en desconexión con nuestra relación personal con Jesucristo».
Incluso, «en el caso de presuntos fenómenos sobrenaturales, que hayan recibido un juicio positivo por parte de la Iglesia, donde aparezcan algunas de las expresiones o títulos como los anteriormente citados se tendrá en cuenta que «en el caso que se conceda por parte del Dicasterio un Nihil obstat […], tales fenómenos no se convierten en objeto de fe —es decir, los fieles no están obligados a darles un asentimiento de fe»»
«El Concilio prefirió llamar a María «Madre en el orden de la gracia», que expresa mejor la universalidad de la cooperación materna de María y que es innegable en un sentido preciso: ella es la Madre de Cristo, que es la Gracia por excelencia y el Autor de toda gracia», recuerda la Santa Sede.
Incluso, «en el caso de presuntos fenómenos sobrenaturales, que hayan recibido un juicio positivo por parte de la Iglesia, donde aparezcan algunas de las expresiones o títulos como los anteriormente citados se tendrá en cuenta que «en el caso que se conceda por parte del Dicasterio un Nihil obstat […], tales fenómenos no se convierten en objeto de fe —es decir, los fieles no están obligados a darles un asentimiento de fe»».




