Los procesos de La Habana
Luis Marín:
A partir de la protesta popular masiva del 11 de julio de 2021, que se extendió por todo el territorio de la isla, el régimen castrista ha escenificado una serie igualmente masiva de “juicios” para escarmentar a la población, con sentencias ejemplarizantes, de manera que eventos como aquellos no vuelvan a repetirse, a despecho de la vigilancia revolucionaria que tampoco podrá permitirse ni un instante de reposo.
Los juicios espectaculares han acompañado a la sedicente revolución desde su inicio en enero de 1959, a pocas semanas de su entrada en La Habana, Castro inauguró el nuevo régimen con procesos tumultuarios celebrados en el Palacio de los Deportes, condenando al paredón a sus víctimas en medio de un cúmulo de irregularidades procesales y la algarabía del populacho.
De inmediato produjo conmoción el juicio de los aviadores en Santiago de Cuba entre febrero y marzo, en el que 43 pilotos de la Fuerza Aérea fueron absueltos en un Tribunal Revolucionario por no demostrarse ningún crimen; pero Castro rechazó esa sentencia y ordenó un nuevo juicio en que se les condenó a penas de hasta 30 años sin fundamento alguno y sin ajustarse a lo alegado y probado en primera instancia.
Este juicio estuvo plagado de peripecias que sería muy arduo relatar en detalle, pero baste mencionar que el Tribunal de Revisión fue presidido por el inefable Manuel “Barbarroja” Piñeiro; que el juez de primera instancia, Félix Pena, apareció “suicidado” en su vehículo con un tiro en el pecho y que gracias a la intercesión ante Fidel Castro del arzobispo de Santiago, Enrique Pérez Serantes, se convino excluir las sentencias de muerte.
No fue este el caso de la llamada Causa Número 1 de 1989, por la que se fusiló al héroe de la revolución, general Arnaldo Ochoa, al coronel Tony De La Guardia y otros procesados menos ilustres, después de un largo mes de seguir el proceso por televisión como si fuera una telenovela, que Castro escrutaba por circuito cerrado escudriñando cada detalle con morbosa fruición, desde el 12 de junio hasta su dramático final el 13 de julio, en que lacónicamente masculló respecto a Ochoa: “Murió como un hombre”.
Otro espectáculo judicial fue la Primavera Negra, entre marzo y abril de 2003, en que se procesó sumariamente al Grupo de los 75, intelectuales, periodistas, disidentes en general, bajo el imperio del artículo 91 del Código Penal y la Ley 88, conocida como Ley Mordaza, condenados a penas de hasta 27 años de prisión con el denominador común de no haber cometido delito alguno. Luego de una década de penalidad, la mayoría fue cambiando la prisión por el extrañamiento del territorio nacional, recurso que, por cierto, se prohíbe en el artículo 50 de la Constitución de Venezuela.
Ahora los juicios son a puerta cerrada, sin público ni cámaras de televisión, pero con ciertas peculiaridades inauditas, como la detención, tortura y procesamiento de niños, algunos de ellos con necesidades especiales, que reciben condenas muy superiores a la edad que tienen; arrestos de familias completas, padres e hijos, hermanos, colaterales, incluso los amigos de los procesados son perseguidos, coaccionados y amenazados por la seguridad del Estado, la acción penal irradia a todo el círculo familiar y social de los imputados y ante el desbordamiento de los tribunales se recurre a juicios colectivos.
La actuación del régimen castrista contra la población es un verdadero desafío más que para la comunidad internacional y sus instituciones, para la conciencia misma de la humanidad, en virtud de que viola flagrantemente los principios fundamentales en que se basan los tratados internacionales sobre derechos humanos que son de jurisdicción universal.-
El Nacional