«Hay cosas que los médicos no debemos hacer»: nuevo y firme documento de ética del Colegio de Madrid
El Gobierno PSOE-Podemos ha introducido en España leyes de aborto a menores sin permiso paterno, cirugías trans que mutilan a menores, entrega de fármacos abortivos, eutanasia que mata a pacientes y otras prácticas contrarias a la buena ética médica e hipocrática.
Los Colegios de Médicos en España tienen que intentar cuadrar los código éticos internacionales con su trabajo cotidiano en España, entre leyes que violan esos códigos médicos.
Por ejemplo, la deontología de la Asociación Médica Mundial dice que el médico no debe practicar eutanasias. La ley española dice que sí debe, a menos que objete.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) presentará en los primeros meses de 2023 un nuevo «Código Deontológico médico» adaptado a las nuevas leyes españolas donde, por ejemplo, lo que antes se castigaba deontológicamente (como hacer eutanasias) deja de estar castigado deontológicamente. De fondo, una pregunta inquietante: la medicina, ¿está al servicio del paciente y del arte médico, o al servicio del poder político?
«Sabemos que hay cosas que no debemos hacer»
Mientras tanto, el Colegio de Médicos de Madrid se ha adelantado con su propio documento de ética médica presentado el 5 de enero (cuando los católicos celebran la noche en que unos Sabios se arrodillaron ante un frágil Niño). Se titula La Objeción de Conciencia en la Profesión Médica. [Se puede leer aquí en PDF].
«Los médicos sabemos que hay cosas que no debemos hacer», empieza el documento. Aunque «cada médico tiene su propia opinión», «la ética del médico no es un ejercicio de su creatividad sino una reflexión sobre lo que le sucede. Es decir, existe una moralidad intrínseca de la profesión y lo que nos toca es esclarecerla. La Deontología procura plasmar las conclusiones de esta reflexión para ayudar en el comportamiento de los profesionales. Esta introducción nos sirve para plasmar un contenido que aparece evidente en la experiencia de la profesión a lo largo de la historia: hay cosas que los médicos no debemos hacer».
En las conclusiones del informe, se remarca que “debe reconocerse siempre la primacía de la conciencia del médico a la hora de evaluar su repulsa a los actos que se van a realizar”.
«Son contrarios a la necesaria colaboración entre la Administración y los profesionales cualquier forma de reglamentación que imponga formas de actuación contrarias a los deberes éticos y deontológicos que caracterizan su actuación», insiste el documento de los médicos madrileños.
«Resulta preocupante la tendencia a un excesivo protagonismo de la Administración en la regulación del ejercicio de la objeción de conciencia, particularmente constatable en la creación de registros de objetores, teniendo además en cuenta su escasa utilidad en orden a organizar la atención sanitaria», señalan sus conclusiones.
El documento critica, además, que los legisladores elaboraron la Ley de Eutanasia, la Ley Trans y la nueva reforma del aborto, que impactan en los médicos y sanitarios, sin hablar con los médicos ni sanitarios. Y siguen sin hablar con ellos a la hora de establecer protocolos y aplicaciones prácticas.
«No se puede pretender regular la actuación sanitaria sin antes escuchar, reconocer y apoyar el compromiso de los que son responsables de hacerla posible», protesta el texto.
Sobre la objeción de conciencia, el informe resalta que “cualquier forma de restricción, limitación o regulación del ejercicio de la objeción de conciencia es contraria a su correcta valoración”. «El médico encuentra así también el amparo legal al imperativo de una conciencia que le ordena la omisión de cierto tipo de actos contrarios a sus obligaciones», añade.
«La excepcionalidad del ejercicio de la objeción de conciencia introduce al que objeta en deberes específicos entre los que destaca el de no abandonar al paciente en su proceso asistencial, especialmente en los casos de particular necesidad», matiza el texto.
La objeción de conciencia no es un lujo o un capricho sino «una auténtica contribución a la vida social» y «expresión de los derechos fundamentales en los que la propia democracia se sustenta».
Y sobre los actos inmorales que dañan la conciencia y repugnan a muchos médicos y sanitarios, advierten: «Los actos que el médico realiza no son automatismos ni procesos impersonales. La literatura científica recoge la particular contribución al “desgaste” de los profesionales que pueden producir experiencias morales potencialmente lesivas como las que violan valores morales o creencias profundamente arraigadas».
La buena ética médica pide curar, o al menos cuidar, o al menos acompañar, y nunca matar, como hacen el aborto y la eutanasia, ni mutilar sin razón, como exigen las leyes trans (foto de Patty Brito en Unsplash).
¿Y el resto de Colegios de Médicos?
¿Qué pasa cuando la Organización Médica Mundial dice una cosa, los países eutanasiadores dicen otra y cada colegio de médicos en cada ciudad puede pronunciarse según quién lo controle? ¿Qué confianza pueden tener los ciudadanos en una buena ética médica si ayer el médico no podía matar y hoy sí puede y hasta se le alaba por ello, y mañana, si cambia el Gobierno, puede volver a cambiar la ley?
¿Es la ética médica lo que decida una mayoría simple de diputados que a menudo no tienen ni estudios? ¿Tiene Hipócrates razón en un país, y no en el vecino, según lo que decidan sus políticos más o menos cambiantes?
Por el momento, en España el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) anuncia que presentará un nuevo Código Deontológico según el cual todo profesional que ejerza la Medicina “no puede ser sancionado deontológicamente” si cumple con las leyes españolas actuales, por ejemplo, al practicar o proponer el aborto o la eutanasia.
También adelanta el órgano colegiado que adaptan la definición de objeción de conciencia a «la definición del Tribunal Constitucional”, según declaraciones al diario Redacción Médica.
Tomás Cobo, presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), detalla que para el nuevo Código Deontológico han revisado 3.750 alegaciones. El código nuevo lo elabora la Comisión Central de Deontología del Cgcom, presidida por José María Domínguez. “Hemos tenido que hacer una reconstrucción, porque ha habido temas que han entrado a debate en parte por las leyes que se han aprobado», declara.
El nuevo Código Deontológico no trata solo de aborto y eutanasia y cambios de sexo sino de otros temas que también afectan a muchas personas:
– la calidad de la atención médica;
– la seguridad del paciente (incluye informar de datos adversos al usar nuevas técnicas);
– la medicina no presencial o telemedicina, y sus límites;
– las implicaciones de la acumulación de datos (Big Data), las redes sociales, bases de datos e inteligencia artificial.
Hay que decir que el código deontológico vigente desde 2011 también tenía sus fallos en varios aspectos bioéticos (un análisis aquí).
Los Colegios, contra las listas de objetores
Los Colegios médicos españoles (salvo excepciones) no son un gran ejemplo de activismo provida, pero al menos en el tema de la objeción de conciencia hay un eslogan que repiten sus portavoces: en vez de listas de objetores, la Administración debería hacer listas de sanitarios dispuestos a hacer esas prácticas que repugnan a tantos.
Así, Tomás Cobo, presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), escribía en septiembre en un artículo en La Razón: «El listado de objetores es un instrumento que no contribuye en gran medida a los objetivos de la ley aprobada, por lo que desde la profesión médica consideraríamos más útil –en todo caso- que un hipotético registro recogiese a los profesionales dispuestos a dar esta prestación antes que a aquellos que no lo harían. Es importante explicar que la posición objetora no es definitiva ni absoluta, es decir, que es susceptible de cambiar a lo largo del ejercicio profesional y que puede depender de situaciones y casos concretos, por lo que un registro no podría ser cerrado para ser realista».
Y añadía: «La ley aprobada recientemente no determina la creación de un registro, pero sí la obligación de los profesionales de declarar previamente su condición de objetor. Desde los Servicios Jurídicos del Consejo trasladan que esta imposición parece oponerse al artículo 16.2 de la Constitución, el cual refiere que «nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias». Y más allá: la normativa en protección de datos entra en escena en el tratamiento de los que revelen la ideología y creencias de los afectados».
En un sentido similar se manifestaba entrevistado en El Mundo.
«Un registro de objetores al aborto aporta muy poco; sería más útil un registro sobre los profesionales dispuestos a dar esta prestación», decía. Sin embargo, admitía que el Tribunal Constitucional avaló en 2014 que la Administración tiene derecho a hacer estas listas de objetores de conciencia. «Lo que nos preocupa es que con estas listas se pueda manejar información que pueda perjudicar al profesional. Además, pensamos que no son realmente útiles y que aportan muy poco: se debería saber quiénes están dispuestos, no al revés».
El caso de Andalucía: mil objetores a la eutanasia y a regañadientes
España tiene 17 comunidades autónomas, y según quien gobierna cada una, o quien controla los Colegios de Médicos, las sensibilidades son distintas (no sólo entre los médicos, también entre los pacientes).
En Andalucía, la región más poblada de España, también la de población más religiosa, y donde gobierna el PP, los Colegios de Médicos han sido especialmente críticos contra la eutanasia. Según detallaba ABC en noviembre de 2022, ya eran 1.057 los doctores que se apuntaban al registro de objeción de conciencia para no hacer eutanasias. Pero en realidad, son muchos más: simplemente, cuando vean acercarse algún caso, objetarán. No es realmente necesario estar en el registro para objetar.
En el primer año de eutanasia legal, en Andalucía hubo muy pocas peticiones, sólo 19, de las que se llevaron a cabo 11.
Cataluña, con menos población que Andalucía (pero más envejecida y menos religiosa), fue seis veces más entusiasta: de 137 solicitudes, eutanasiaron a 60 personas.
Los registros de objetores siguen normas distintas en cada región y además pueden ir cambiando. La norma andaluza detalla que el registro jamás tendrá carácter público. Solo podrá usarse dentro del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para el control y gestión de los casos de muerte asistida. Además, en el caso de que un médico decida en una ocasión que no quiere participar en una eutanasia, eso no le incorporará de inmediato al registro de objetores. Solo podrán figurar en él quienes voluntariamente lo pidan. Además, se detalla que pueden practicar objeción de conciencia cualquier médico implicado en un caso, en cualquiera de sus etapas, no sólo a los que piden dar el veneno mortal.-