Notas sobre el principio de responsabilidad fiscal y su necesidad en Venezuela
El esoterismo rodea las finanzas públicas venezolanas. El misterio, el secreto, el silencio cubre el manejo de la gestión fiscal y de algunos rubros solo los iniciados pueden conocer o al menos, en base a su jerarquía, ser tenidos en cuenta
Nelson Chitty La Roche:
“Transparencia Venezuela reveló que 56,3% de los ingresos del Estado provienen de rentas ilícitas.”
El Nacional, Edición del miércoles 27 de septiembre del 2023
El titulo VI de la CRBV es contentivo de un programa económico para la estabilidad, el equilibrio y la sustentabilidad fiscal. Pudo permitir, de haberse acatado, la consecución del crecimiento económico y la preparación igualmente para ese siempre venidero ciclo de bajones propios de nuestra condición de país petrolero. No fue así y, por eso estamos como estamos.
El esoterismo rodea las finanzas públicas venezolanas. El misterio, el secreto, el silencio cubre el manejo de la gestión fiscal y de algunos rubros solo los iniciados pueden conocer o al menos, en base a su jerarquía, ser tenidos en cuenta.
Nadie parece saber ¿cuál es su monto, con quién y cómo se atiende la deuda pública y mucho menos, los tratos con China y Rusia? Se lee en los reportes económicos que la deuda nacional estaría sobre el 150% con relación al PIB. Ya sabemos que con Cuba opera la solidaridad socialista que los favorece a ellos y nos anula a nosotros.
Empero, quizá haya otros expedientes que es menester considerar sin ninguna pretensión, en términos muy generales, dada la densa opacidad con que el chavomadurismomilitarismocastrismoideologismo maneja la cosa pública y más especialmente, las cuentas de la Hacienda Pública nacional. Los especialistas saben hurgar y escudriñar para saber más que los profanos como yo.
La gestión fiscal en este tiempo pernicioso esta inficionada particularmente de insubordinación e ineptitud fiscal y cabe reiterar, a lo antes dicho, que ningún país puede crecer y desarrollarse de manera sustentable si no impone un régimen de disciplina, responsabilidad, ordenación y control a sus finanzas públicas.
Precisamente, pudiéramos decir, el diagnóstico del patológico estado de nuestra economía pública se puede advertir por el escaso -o acaso es mejor decir- por la infracción sistémica de los principios constitucionales en materia presupuestaria.
En efecto; el artículo 311 de la CRBV reza, “La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal”.
Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional para su sanción legal un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. La ley establecerá las características de este marco, los requisitos para su modificación y los términos de su cumplimiento.
El ingreso que se genere por la explotación de la riqueza del subsuelo y los minerales, en general, propenderá a financiar la inversión real productiva, la educación y la salud. Los principios y disposiciones establecidos para la administración económica y financiera nacional regularán la de los Estados y Municipios en cuanto sean aplicables.” (negrillas nuestras)
Pudiera referirme, uno por uno, a los demás dispositivos contenidos desde el artículo citado hasta el 321 de la CRBV y hallaríamos un impresionante quebrantamiento de ellos y del sistema de responsabilidad que obra en el texto constitucional.
Ninguno de los denominados principios ni de las reglas fiscales dispuestas en el texto constitucional ni en las leyes de la materia han sido obedecidos y seguidos desde el mismo año 2000 cuando el difunto comenzó su gobierno y la demolición del régimen presupuestario con aquel plan Bolívar 2000 y el Fondo Único social, y ni hablar de ejecutar debidamente la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público ni de sus reglamentos, que ha sido desconocida y reformada simplemente para no cumplirla y peor aún, cuando empezó la guachafita del millardito y en su ignorancia e infecta prodigalidad, el festín baltasariano del FONDEM que supuso un centenar de miles de millones de dólares que cuánta falta nos hacen ahora.
El chavomadurismomilitarismocastrismoideologismo ha transitado de desfalco en desfalco, de contravenciones sistematizadas en todos los órdenes y en todos los escenarios presupuestarios y en la fiscalidad en su más amplio sentido, corrompiendo, al hacerlo, las instituciones y regularizando, banalizando, las transgresiones a la CRBV, a las leyes atinentes a la gestión fiscal y principalmente al principio de rendición de cuentas.
El caso del BCV es patente y debería provocar sanciones severas a sus directivos, pero la satrapía, el autoritarismo cínico y la ebriedad de la impunidad los impulsa y mantiene seguros. Turba el espíritu leer lo pautado en la CRBV sobre el instituto emisor y su comportamiento, especialmente lo que indica el 319 ejusdem, y más vergonzoso aún el 320 de la CRBV sobre la coordinación macroeconómica.
Varias reglas fiscales constitucionales fueron dispuestas para salvaguardar las finanzas públicas, limitando entonces la discrecionalidad y erigiendo parámetros susceptibles de alarmar y desde luego restringir acciones que pudieran comprometer las grandes cuentas; pero con desfachatez incluso, tanto el difunto como sus acólitos se saltaron la cerca sin pudicia, con la colaboración servil de una Asamblea Nacional adulante y alabardera y de allí, surgieron los polvos que trajeron los lodos en los que estamos atascados.
Insisto que La Ley del BCV y aquella otra, la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, ignoradas y/o reformadas para seguir haciendo de ellas, “un mirón de palo,” constituyen parámetros esenciales de la legalidad presupuestaria la primera, y de la articulación constitucional de las reglas fiscales con la gerencia de las finanzas públicas la segunda. Como antes dije, fueron obviadas frecuentemente o adulteradas por las reformas que las vaciaban de su esencia constitucional.
Cuando el país regrese a la seriedad, deberá regresar a los principios constitucionales y legales de responsabilidad fiscal, so pena de permanecer en el hoyo, postrado, más que inestable, estructuralmente deficitario y desequilibrado como yace ahora.
Hay una ortodoxia que debe ser respetada, y de no serlo, invariablemente convoca a la crisis de todas las crisis y a arruinar hasta lo que otrora fuimos macroeconómicamente, decía algún economista, hasta hundir al corcho.-
Nelson Chitty La Roche, nchittylaroche@hotmail.com, @nelson_chitty