María Corina y Edmundo ante una asamblea constituyente
Ricardo Combellas:
“Hacemos cada rato constituciones como quien sopla pompas de jabón, y la última es la mejor, de donde resulta que ninguna es buena, porque al fin viene otra que la fulmina.”
Cecilio Acosta, Deberes del Patriotismo.
Completo esta trilogía sobre el hipotético destino constitucional de la relación MCM-EGU con una reflexión sobre sus posibles consecuencias ante la eventualidad sugerida por algunos de convocar una asamblea constituyente, la cual asumiría nuevamente relevantes competencias, como serían los casos de autorizar la celebración de elecciones para renovar el poder ejecutivo (nuevos comicios que abrirían la posibilidad a MCM de competir por la presidencia de la república) ; pero también la renovación de los diputados de la la asamblea nacional, los gobernadores y alcaldes, así como la reestructuración de la rama judicial (incluido el TSJ), el poder electoral y el poder ciudadano; igualmente la asamblea constituyente asumiría la modificación de leyes que se considera necesario y urgente renovar, así como cualquiera otra decisión que estime llevar a cabo como estímulo a la necesaria reforma del Estado.
Afortunadamente, se alega, la convocatoria a la asamblea constituyente se encuentra regulada por la Constitución de 1999, superándose los conflictos jurídicos que en su momento dividieron al país, pues ahora sin ninguna clase de dudas el poder constituyente del pueblo se concibe como un poder originario ampliamente transformador no limitado por la institucionalidad vigente.
Aunque tomar una decisión de ese calibre a primera vista parece tentador, una vez se estudia con serenidad y sindéresis el asunto , comienza a palparse la magnitud de sus obstáculos e inconvenientes. Intentaré enumerarlos a continuación , sin que ello signifique necesariamente un orden de precedencia:
1) La definición del momento de la convocatoria resulta una tarea compleja. Entre el 28 de julio y el 10 de enero del próximo año sigue gobernando Maduro en su condición de presidente de la república, así como el resto de las ramas del poder público con su integración actual.
Pensemos en la posibilidad nada remota que ante la algarabía pro constituyente el presidente Maduro decida su convocatoria ( recordemos la nada grata experiencia del año 2017 ) incluida la eventualidad de renovar totalmente las ramas del poder público, gracias a la decisión del poder constituyente del pueblo legitimado en la asamblea. En resumen, nada obsta a que el régimen apruebe nuevamente “refundar la república”, dejando sin efecto “entre otras menudencias” la elección presidencial del 28 de julio, caso de serle adversa.
2) Una convocatoria después del 10 de enero de 2025 contribuye a la paralización de un país exhausto y asediado por infinitos problemas que sin lugar a dudas resentirán las consecuencias de la convocatoria constituyente. No podemos olvidar que el proceso constituyente se compone de cuatro etapas: primero, la decisión refrendaria a favor de su convocatoria; segundo, la elección de los constituyentes; tercero, la deliberación de la asamblea, que concluye en la presentación de un nuevo proyecto de constitución; y cuarto, la ratificación refrendaria del texto aprobado por la asamblea. En suma, en un promedio aproximado de seis meses la vida del país girará en torno a sus decisiones.
3) Un argumento que se esgrime con alguna liviandad es que Chávez bajo parámetros perentorios y en clara violación del texto de 1961, convocó su constituyente de acuerdo con el proyecto que le impuso sin obstáculos que impidieran su segura aprobación, en el tiempo y bajo las circunstancias que consideró más favorables. Hoy se sostiene que las condiciones están dadas, bajo el espíritu unitario prevaleciente y la conducción de MCM, para aprobar sin mayores obstaculos el nuevo texto fundamental de la república. Se olvida, nuestra memoria histórica es corta, que el proceso constituyente venezolano se inició después del “Caracazo” el año 1989, desplegándose con vicisitudes (visiones constitucionales distintas, unas radicales, otras reformistas, la reforma Caldera absurdamente abandonada por la clase política, entre otras) que tuvieron lugar en diez largos años y desembocaron el año 1999 cuando, consecuencia de su victoria, Chávez llevó adelante la bandera prometida de convocar una asamblea nacional constituyente, a tenor de sus ideas y propósitos.
4) Se sostiene como argumento a favor de una nueva Constitución, que la actual carece de valor normativo, pues no ha gozado de la fuerza jurídica necesaria para conducir el proceso político a tenor de su naturaleza democrática y su jerarquía de acuerdo al principio de la supremacía constitucional, desmentido por el irrespeto al principio de la división de poderes y la vulneración descarada de la carta de los derechos humanos que ella consagra, a lo cual los defensores de la Constitución de 1999 responderían: precisamente nuestra tarea es recuperar su vulnerado valor normativo , rescatar sus instituciones bajo el imperio de la Carta Magna y en el momento oportuno, bajo un espíritu de real consenso político, proceder a la reforma parcial de la Constitución.
Para terminar, quiero señalar que las Constituciones deben poseer primero que todo valor normativo, pero las Constituciones tienen también valor simbólico, y eso cuenta al proponernos un cambio constitucional. El texto de 1999 reviste ser la primera Constitución en la historia de Venezuela en ser ratificada por un reférendum popular, a lo que se agrega en ser ratificada por la mayoría de los electores, cuando Chávez intentó cambiarla en el año 2007. Ese valor simbólico de la Constitución de 1999 no debe ser olvidado cuando se pretenda modificarla. Un recuerdo me viene a la mente y viene al caso, cierto que con alguna exageración sobre lo que intento explicar.
El Congreso de Viena del año 1815 se propuso desterrar de Francia todo lo que recordara su gran revolución. Talleyrand, presente en el evento que pretendía rediseñar el mapa de Europa, aconsejo respetar al menos la bandera tricolor de la república y la Marsellesa, pues su negación hería en lo más profundo de su ser al pueblo francés. Tal vez la Constitución de 1999 sea el único legado valioso que sobreviva de la amarga tarea de destrucción de estos veinticinco años de dictadura.-