Venezuela

“Constitución suspendida”: violaciones se afianzaron tras el 28 de julio, dicen expertos

El escenario poselectoral ha representado un afianzamiento de la represión que ejerce Nicolás Maduro a través de los organismos de seguridad, un “terrorismo de Estado” contra todo aquel que se califique o sea percibido dentro del espectro opositor o del disenso, como expresó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a mediados de agosto

Hace 25 años, el 15 de diciembre de 1999, se realizó el referendo aprobatorio de la entonces novísima Constitución, uno de los textos más adelantados en cuanto a la progresividad de los derechos humanos, según afirmaron sus propios creadores y especialistas. En diciembre de 2024 y tras unas controvertidas elecciones presidenciales realizadas el 28 de julio, La Bicha -como la bautizó el expresidente Hugo Chávez- ha sido vulnerada “en todos sus títulos”, aseguran expertos.

El escenario poselectoral ha representado un afianzamiento de la represión que ejerce Nicolás Maduro a través de los organismos de seguridad, un “terrorismo de Estado” contra todo aquel que se califique o sea percibido dentro del espectro opositor o del disenso, como expresó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a mediados de agosto.

Esa represión ha tenido su sustento en las declaraciones de altos funcionarios, como el propio Maduro. “Se van a arrepentir si se meten con lo más sagrado que tiene Venezuela: su Constitución, la paz y su pueblo. Solamente les digo, se van a arrepentir, sé lo que digo”, subrayó durante un acto con los jefes de los poderes públicos.

De acuerdo con la opinión de expertos quienes se han “metido” con la Constitución son los representantes de esos poderes públicos.

Alí Daniels, abogado y director de Acceso a la Justicia, señala que el texto de 1999 “tiene nueve títulos y prácticamente no hay ninguno de esos nueve títulos donde no haya habido una violación. Hay compañeros que hablan de una suspensión de garantías de facto, pero no estamos de acuerdo porque eso significaría que si se decretase un Estado de excepción, todo estaría bien, todo estaría de acuerdo con la Constitución pero eso no es así. Hay artículos que no pueden derogarse con una suspensión de garantías, como el debido proceso”.

A su juicio, luego del 28 de julio se ha agudizado “una suspensión de la Constitución”, pues se impone por encima “el principio de autoridad, es decir, las órdenes son las que hacen que el Estado actúe y no la norma. La orden superior en estos momentos está por encima de lo que diga la Constitución”.

En esto coincide Nelson Chitty La Roche, jefe de Cátedra de la UCV y Ph.D en Ciencias Políticas, quien afirma que “más que hablar de violaciones a la Constitución, merecería hablar de ‘desconstitucionalización’, que en realidad es el desconocimiento del texto y sobre todo las garantías que el texto acuerda a los conciudadanos”.

“No es cualquier cosa porque si hablamos de los derechos humanos, basta recordar que murieron 28 personas a manos de órganos paramilitares, y de eso no hay ni siquiera una investigación abierta. Además más de 2 mil venezolanos fueron privados de su libertad; peor aún, se forjó en condiciones francamente groseras un delito de ‘terrorismo’, y digo se forjó la norma sobre la materia que establece el tipo delictivo. Ahora cualquiera que alce con fuerza su voz, escriba, critique o se manifieste reciamente contra el régimen se le imputa terrorismo”, asegura.

También pone de ejemplo la situación alrededor de las elecciones presidenciales, con un Consejo Nacional Electoral que no cumplió los extremos administrativos de esos comicios y la actuación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia a petición de Maduro.

“Allí nuevamente se viola la Constitución y la ley porque no tiene para ese asunto competencia, carece de la potestad. Siendo así, esos actos de la Sala Electoral, igual que aquellos del CNE, son nulos. Uno porque no cumplió con sus actos materiales y la otra porque sin tener competencia aseveró un resultado electoral”, afirma.

Chitty La Roche insiste en que más que violaciones, “fue puesta a un lado la Constitución y nos movemos en circunstancias fácticas todo el tiempo. Son situaciones de hecho las que han venido funcionando”.

Recuerda que la constitucionalidad “es el funcionamiento del Estado de derecho. El cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 de la Constitución: “Venezuela se constituye en un Estado democrático de derecho y justicia…”. Exactamente eso es lo que se ha quebrantado, el derecho, además de que se ha cercenado, corrompido, mediatizado a la justicia”.

Vulneraciones “en legalidad”

Según Nicolás Maduro, luego de las elecciones y durante la primera quincena de agosto fueron apresadas 2.229 personas por supuestos hechos violentos. Entonces, acusó a la oposición, liderada por María Corina Machado, de recurrir a los “comanditos” y bandas armadas para “sembrar” desestabilización en el país.

De estas detenciones destacan el afianzamiento de varios patrones de violaciones a los derechos humanos, que han identificado organizaciones como Provea, el Foro Penal o la Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela:

● Detenciones sin orden judicial

● Desapariciones forzadas de corta duración

● Presentaciones extemporáneas ante tribunales

● Imposición de defensa pública

Todo ello vulnera de manera específica los artículos 19, 25 y 26, (goce de derechos humanos), al igual que los apartados 47 (inviolabilidad del hogar), 49 (debido proceso y derecho a la defensa), 50 (libre tránsito), 53 (reuniones públicas), 57 (libertad de expresión) y a la defensa.

Lo más grave, asegura Ali Daniels, es la vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes (artículo 78). “Que sujetos especiales de protección como son los niños hayan sido objetos de vulneración, y todavía lo siguen siendo, es lo más delicado. Como sujetos de protección tienen unos derechos añadidos que no han sido respetados”.

Además, los familiares han denunciado la ocurrencia de torturas y malos tratos contra los detenidos no solo durante las primeras horas de su arresto sino en sus traslados a centros de máxima seguridad. Hasta la fecha, la Fiscalía no ha informado sobre investigaciones que atiendan estas denuncias. Los afectados también desconocen si se están llevando a cabo. Esto vulnera el art. 29 constitucional donde se establece “investigar y sancionar legalmente delitos contra los derechos humanos”.

Parlamento “cómplice”

Nelson Chitty La Roche señala que en esta “desconstitucionalización” la Asamblea Nacional que preside Jorge Rodríguez ha sido un “cómplice propiciatorio”. Esto debido a que “no legisla sobre lo que debería ser su materia sino que legisla sistemáticamente en la dirección de reducir el espacio democrático, criminalizar la ciudadanía, criminalizar la política y especialmente apuntar, de una manera -sin dudas- contraria a la Constitución, hacia la oposición para negarle cualquier posibilidad”.

Recuerda que en elecciones “hay dos legitimados cuando se vota, el que gana y el que pierde. Tan legítima es la oposición como el resto porque ambos recibieron el respaldo popular. Lo que se ha tratado después es establecer una suerte de satrapía porque no estamos en una república ni tampoco estamos en un régimen constitucional y legal”.

Ali Daniels señala que hay tres leyes aprobadas por la AN “que tienen una condición especial”. La primera es la ley contra las oenegés, aprobada el 15 de agosto y publicada en Gaceta Oficial el 15 de noviembre.

“Contraviene la libertad de asociación. Dicen que se dictó para facilitar la libertad de asociación, pero en realidad su normativa está hecha para hacer todo lo contrario, dificultarla e impedirla”, asegura.

La segunda es la Ley de Defensa de la Guayana Esequiba que “establece una inhabilitación que no existía en el ordenamiento jurídico, porque todas las inhabilitaciones que existían antes eran para postularse a un cargo de elección popular. Esta ley incluye una inhabilitación a posteriori, es decir, una persona que haya sido electa se le puede impedir acceder al cargo porque se inhabilita en el interín. Esta medida es violatoria de los derechos humanos porque en la medida en que esta norma es tan sui generis, una norma penal en blanco. Esta norma es regresiva”.

La tercera es la recién aprobada Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista. “Hay un agregado sobre el tema de las inhabilitaciones, pues esta ley establece que pueden ser tomadas por vía judicial o administrativa”, dice.

Sobre esto último, Daniels señala que el grado de indefensión “es mucho mayor” por vía administrativa que judicial. El abogado refiere que en el país “no hay Estado de derecho. Para construirlo, lo peor que puede ocurrir es que estas situaciones que estamos comentando sean normalizadas por la población”.

Destaca que la primera labor para reconstruir el Estado de derecho “es que el abuso de poder, las violaciones a los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad no pueden normalizarse, no se puede entender como algo que forma parte de nuestra cotidianidad. Ese es el mayor riesgo, que los elementos de la represión sean normalizados. Eso es lo que tratamos de explicar cuando decimos que los abusos de poder hay que señalarlos y denunciarlos a pesar de la situación de riesgo en la que están todas las personas que puedan opinar sobre toda esta situación en Venezuela en estos momentos”.-

Publicaciones relacionadas

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba