Venezuela

Los claroscuros de la Ley de Amnistía

Alfredo Romero denunció la contradicción de que sean los mismos jueces y fiscales que ordenaron los arrestos arbitrarios quienes ahora deban interpretar la ley para otorgar la libertad

En una rueda de prensa conjunta el pasado 20 de febrero, directivos del Foro Penal analizaron en detalle la recién aprobada Ley de Amnistía y Convivencia Democrática. Aunque el instrumento legal representa un alivio para cientos de familias, la organización advierte sobre vacíos críticos que mantienen vivo el engranaje represivo en Venezuela.

Alfredo Romero, presidente de la ONG, fue enfático: la lucha por la libertad debe continuar sin descanso, ampare o no la ley a cada detenido. Según sus registros, más de 600 presos políticos permanecen tras las rejas, incluyendo un número importante de militares que aún no han sido contabilizados formalmente.

Romero recordó que, desde enero hasta la fecha, solo se han materializado 448 excarcelaciones, dejando focos críticos de detención en centros como Rodeo I, Ramo Verde y Fuerte Guaicaipuro, donde las restricciones de visitas persisten.

A continuación, un resumen de lo que los expertos señalan como las luces y las sombras de esta ley.

El lado oscuro

El laberinto administrativo: la amnistía no es automática. Un punto crucial es que el beneficio no se aplica de oficio de forma inmediata en la práctica procesal. Tanto los detenidos como las más de 11 mil personas con medidas sustitutivas registradas por el Foro Penal deben presentar una solicitud formal ante los tribunales. Para facilitar este proceso, la organización ha puesto a disposición su asistencia legal gratuita.

El verdugo decide. Romero denunció la contradicción de que sean los mismos jueces y fiscales que ordenaron los arrestos arbitrarios quienes ahora deban interpretar la ley para otorgar la libertad. Además cuestionó que esa decisión se supedite a dos elementos. Uno de ellos es el tipo de delito, a lo que se opuso el Foro Penal, porque el delito no necesariamente constituye la verdadera causa de la detención, pues en la mayoría de los casos, la motivación es política.

Recordó que la ley excluye casos de homicidio intencional, entre los que entrarían -por ejemplo- un militar que haya disparado contra un manifestante, pero también excluye a personas que son acusadas de delitos que nunca cometieron, como corrupción, homicidios y delitos de narcotráfico.

Como se mencionó antes, el primer elemento para que el tribunal o el juez decida si la persona recibirá amnistía es que no hayan sido acusadas o imputadas por los delitos señalados concretamente en el artículo 9 (violaciones graves a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, homicidio intencional y lesiones gravísimas, delitos previstos en la Ley contra la Corrupción, tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como aquellos se encuentren o puedan ser procesadas o condenadas por promover, instigar, solicitar, invocar, favorecer, facilitar, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza). Luego de que se determine que la persona no está incluida en esos delitos, se deben revisar los hechos, que son trece, contemplados por la ley en el artículo 8.

Esta discrecionalidad, a juicio de Romero, se complica con la exclusión de delitos como “corrupción”, etiquetas que el sistema suele utilizar para encubrir persecuciones por motivos políticos.

Un sistema represivo intacto. Para el Foro Penal, la ley es apenas un “paso pequeño” que no desmantela el sistema de persecución. Los cuerpos de inteligencia, la vigilancia y los tribunales que han servido como arma política siguen operativos. Aunado a ello, quienes siguen detenidos e incluso no serán beneficiados con la ley son sometidos a condiciones de restricción y violaciones de sus derechos, sin que se contemple algún cambio en este texto legal.

Romero puso como ejemplo que la semana pasada le impidieron entrar al Rodeo I solo por ser abogado de presos políticos. “No se permite el acceso a tribunales, ni el acceso a la Fiscalía para denunciar que no se permite la representación”.

“Si no hay acceso a las cárceles, a los tribunales, si la defensa no se permite y hay personas cuyo paradero se desconoce, la Ley de Amnistía es solo un paso pequeño. Y necesitamos trabajar por la reconstrucción del sistema de justicia y por el desmantelamiento del sistema represivo. Todavía falta mucho para obtener la libertad. Hay que desmantelar un sistema de justicia que ha servido como arma de persecución política, porque de nada nos vale cerrar, terminar o extinguir procesos, cuando nuevos procesos y la puerta giratoria puede reactivarse (…) El sistema y el monstruo están ahí todavía y pueden morder”.

Gonzalo Himiob, vicepresidente de la ONG, insistió en que para una verdadera reconstrucción del Estado de Derecho, es imperativo derogar normas punitivas como la Ley contra el Odio, Ley contra las oenegés, Ley Simón Bolívar, Ley contra la Delincuencia Organizada y contra el Terrorismo, así como algunas disposiciones del Código Penal que incluyen delitos de opinión.

“Tenemos que adecuar la legislación venezolana a los estándares internacionales de protección de derechos humanos, especialmente la legislación penal. Y además, hay que continuar exigiendo el desmantelamiento pleno del aparato represivo y la reforma estructural de las instituciones, especialmente de los tribunales, para hablar de una verdadera reconstrucción del Estado de Derecho”, opinó.

Recordó también que la AN desestimó la propuesta del jurista Alberto Arteaga Sánchez de establecer unos tribunales ad hoc para la revisión de estos casos, lo que hubiese garantizado mayor transparencia.

El vacío de los 15 años: cientos de excluidos. Uno de los reclamos más fuertes gira en torno a la temporalidad. Aunque el artículo 6 menciona un lapso de 28 años (desde el 1 de enero de 1999 hasta el momento de su publicación en Gaceta Oficial en 2026) el artículo 8 solo reconoce eventos específicos que, sumados, apenas cubren 20 meses de casi tres décadas. “Hay unos 15 años “completamente por fuera”, denunció Himiob.

“Esto es muy grave, porque se desconoce que la prisión y persecución política ha sido continua y no de eventos aislados y esporádicos. Ha sido continua desde 1999, hay que decirlo, con expresiones menos graves de las que vemos ahora, hasta el día de hoy (…) No se mencionan siquiera los años 1999, 2000, 2001, 2005, 2006, 2008, 2010, 2011,2012, 2015, 2018, 2020, 2021, 2022 ni lo que va de 2026”, alertó.

A juicio del vicepresidente del Foro Penal, en los 13 años tomados en cuenta para otorgar el beneficio de amnistía -2002, 2003, 2004, 2007,2009, 2013, 2014, 2016, 2017, 2019, 2023, 2024 y 2025- se hace una “selección indebida y bastante arbitraria” de momentos y meses específicos: “Al sumar esos meses que aparecen allí descritos, no son más de 20 meses, un año y ocho meses de casi 28 años que se suponía que tenía que abarcar la Ley de Amnistía. Esto es una irregularidad imperdonable y contra esto se luchó de todas las formas posibles, se hicieron las recomendaciones adecuadas, se pidió incluso que se incluyera una cláusula residual que hablase de otros momentos y eventos y esto fue negado, con una intención clara de excluir situaciones y momentos que tienen que ver con actuaciones de los militares, porque los grandes excluidos de esta ley son los militares”, precisó Himiob, tras lamentar que la ley sancionada no sea lo suficientemente amplia, pese a los inmensos esfuerzos de la sociedad civil.

Los representantes del Foro Penal calcularon en 400 el número de personas que quedarán excluidas de la Ley de Amnistía, en su mayoría, militares y civiles que han sido “arbitrariamente relacionados” con operaciones militares.

Romero mencionó que en la rueda de prensa en la que se produjeron las declaraciones estaba la suegra del gendarme argentino Nahuel Gallo que sigue apresado. También, la esposa del sargento Luis Bandres, siete años presos: “Ellos están excluidos de la Ley de Amnistía al parecer y no puede haber esa discriminación”.

Se refirió también a la situación de Nicmer Evans, periodista que recientemente fue excarcelado, y cuyo caso no fue específicamente

incluido en la ley. “Sus procesos deben ser anulados, porque sino, en cualquier momento puede ser encarcelado”.

Excesiva discrecionalidad

Gonzalo Himiob insistió en que lo ideal para haber determinado quiénes serían los beneficiarios de la Ley de Amnistía hubiese sido conformar una comisión con representantes del alto comisionado de derechos humanos de la Organización de Naciones Unidas, una representación de la Asamblea Nacional y el Ejecutivo y de las oenegés, con el fin de establecer directrices que fuesen vinculantes “para que los jueces tuvieran que obedecer lo que disponga el momento político”.

La trampa de los adjetivos. Himiob criticó la carga ideológica del texto, que califica hechos como “golpe de Estado” o “sabotaje”. Según el abogado, estas adjetivaciones estigmatizan al oponente y contradicen el espíritu de reconciliación y convivencia pacífica que supuestamente promueve la ley.

“Adjetivar hace que se pierda el foco del sujeto, además, es contrario a lo que dice la misma ley en su artículo segundo, porque es para la reconciliación, igualdad, fraternidad y igualdad, fraternidad y convivencia pacífica. ¿Cómo puedes tú promover la fraternidad, igualdad, convivencia pacífica, de entrada, calificando al otro entrada de diferentes formas, que no son más que adjetivos para estigmatizar a personas que no piensan como tú y que son personas con derechos y deberes”?, preguntó. a otra cara: los logros alcanzados.

No es la panacea. Alfredo Romero destacó que no se debe comprar la narrativa de que el texto legal es la solución al problema de los presos políticos: “La liberación de presos políticos no puede condicionarse a la Ley de Amnistía, debe continuar (…) Hay que seguir trabajando por la liberación de otra forma. Tomo las palabras de Delcy Rodríguez, quien decía ayer que se incorporarán algunos casos que no están en la Ley de Amnistía. Todas las personas deben ser liberadas inmediatamente.

La otra cara: los logros alcanzados

Pese a las críticas, el Foro Penal reconoce victorias significativas dentro del articulado.

Más de 300 presos políticos beneficiados. La Ley de Amnistía cubre un período según su artículo 6 de aproximadamente 28 años, desde el 1 de enero de 1999 hasta el momento de 2026 en el que se publique en Gaceta Oficial. “Beneficia a un grupo de personas importantes (…) Es una conquista pequeña, pero hay que seguir conquistando más libertades. Lo que están fuera de Venezuela pueden volver, los que están dentro, tienen más facilidades para denunciar y reclamar”, destacó Alfredo Romero.

Himiob remarcó que un importante número de presos políticos sí está amparado por la amnistía “y tienen derecho a que se le declare de oficio o a solicitarla de una vez”, como es el caso de los gerentes y trabajadores de la industria petrolera que participaron o tuvieron intervención en el paro cívico nacional de 2002-2003.

“Otro caso muy importante es el de las personas que se han conocido comúnmente como los presos poselectorales, o detenidos en marco de protestas o eventos de represión de los eventos electorales de 2024-2025, están expresamente incluidos en la amnistía y no es poca cosa, porque desde el 29 de julio de 2024 hasta el final de 2025, que es lo que abarca la Ley de Amnistía, fueron arrestadas 2.742 personas, de las cuales, 2.186 quedan bajo medidas cautelares, mientras que 321 quedan formando parte de la lista de presos políticos. Todos ellos pueden solicitar de inmediato la aplicación en su favor de la Ley de Amnistía”, explicó.

Puntos de las oenegés incorporados. Otra victoria que celebran los defensores es que se logró que se incluyera en el texto de la ley que las disposiciones de ese cuerpo normativo son de carácter de orden público y de interés general, tal y como lo contempla el artículo 4.

“Esto quiere decir que no hace falta solicitar por parte de nadie, para que todos los órganos del poder público, la apliquen de inmediato y de oficio. Si se quiere cumplir con el mandato de celeridad ahí tienen los tribunales de la República su primera herramienta, tienen que declarar de oficio, de inmediato y con carácter perentorio en los supuestos y en los casos en los que la amnistía procede”, detalló Gonzalo Himiob.

Asimismo, la Asamblea Nacional accedió a que el artículo 5 se reconociese el principio de favorabilidad, que no estaba en el modelo original y fue propuesto por el Foro Penal y otras oenegés: “Esto es fundamental, porque limita el espectro de interpretación de la ley y hace que todas las interpretaciones en las que pueda haber duda sea resuelta a favor del solicitante y del justiciable”, celebró.

De igual forma se permitió que quienes están fuera del territorio nacional y sean beneficiarios de la amnistía puedan hacer su solicitud a través de sus representantes legales debidamente designados, ante se exigía que esa persona estuviese acá a derecho, en Venezuela, para poder siquiera empezar a pensar en solicitar la amnistía. Esto beneficia, por extensión, a las personas que no hayan sido abarcadas inicialmente en esta amnistía, ya que pueden exigirle a la comisión de seguimiento que sus casos también sean considerados a ser tratados por un apoderado legal.

Otra garantía fundamental que pidieron las oenegés y se concedió es que, al retornar al país, las personas perseguidas permanezcan en libertad mientras se tramita la amnistía, en respeto al principio de afirmación de la libertad.

Un logro para las víctimas. “No podemos siempre hablar de lo negativo, porque las víctimas y los familiares han logrado algo: que se obtenga una garantía de libertad para cientos de personas que han sido perseguidas políticamente después de años de lucha”, recalcó el presidente del Foro Penal, Alfredo Romero, al reconocer la intensa actividad de denuncia de los allegados a los presos políticos, incluso en un contexto represivo.

“Le pedimos a los familiares que no pierdan las esperanzas. La esperanza se está ganando, cada vez más, y sentimos mucha más esperanza y expectativa de que lograremos la libertad de todos los presos políticos, pero si no la exigimos, no se va a lograr. No esperemos que vayan a las cárceles a liberarlos a todos porque a alguno de los mismos que los encarceló se les haya ocurrido. No tenemos que reclamar”, insistió.-

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