Opinión

Poco a Poco… pero rapidito (4)

El autor analiza algunas de las irregularidades y problemas de nuestro proceso electoral, relativos a la campaña electoral, el Plan República, el respeto a los resultados y algunas de las modificaciones jurídicas necesarias

Ismael Pérez Vigil:

Inicié hace tres semanas un proceso de reflexión acerca del sistema electoral venezolano. Como expliqué en artículos anteriores, el objetivo de estas reflexiones es orientar de manera práctica acerca de cuáles son los puntos clave, no exhaustivos, a tener presentes con vista a un acuerdo político para realizar un proceso electoral que finalice −o inicie− un proceso de «transición» en Venezuela. Una vez analizado el espinoso tema de la votación de los venezolanos en el exterior, enfoco en esta entrega otros temas, para concluir la próxima semana con una recapitulación final de los diversos temas abordados.

Campaña electoral y ventajismo gubernamental

Por supuesto, es crucial que se respeten las normas electorales que, aunque imperfectas y sesgadas y que deben ser modificadas en muchos sentidos, contienen las disposiciones usuales de cualquier proceso electoral. Más allá de eso y del tema de la fecha de inicio y duración de la campaña, son varios los puntos que deben ser motivo del «acuerdo político» al que se llegue para realizar un proceso electoral. No voy a enumerarlos todos; mencionaré solo algunos, muy notorios, vividos en procesos anteriores.

Desde luego hay que mencionar la necesidad de «acordar» y controlar el ventajismo gubernamental con el uso de recursos, espacios y funcionarios públicos en las campañas electorales; la violación de las normas de uso de espacios en prensa, radio, TV y redes sociales; la violencia que se genera a partir de «puntos» o lugares de supuesta información electoral en las cercanías de los centros de votación, y de motorizados que impunemente recorren las adyacencias de los centros electorales, ambos estos dos últimos, mecanismos de control e intimidación a los votantes; esos son solo ejemplos de las cosas que se deben «acordar» y cuyo cumplimiento hay que vigilar, pues bien sabemos que las leyes electorales en esa materia son letra muerta.

Pero todas esas, y muchas más que no enumero, son las situaciones usuales y convencionales que se deberían solventar aplicando las normas establecidas. El tema al que me quiero referir, que debe ser motivo de especial cuidado en el «acuerdo político» al que se llegue, es el hecho de que a los candidatos opositores se les impide hacer campaña, bien sea agrediéndolos a ellos o a sus seguidores, o impidiéndoles el libre desplazamiento por el país y la utilización, incluso de medios privados de transporte para movilizarse y recorrer el país, así como de alojamiento y locales o espacios para realizar sus actividades.

Plan República

Desde que se instauró la democracia y los procesos electorales después de la caída de la dictadura de Pérez Jiménez en 1958, las FF. AA. han venido participando en los procesos electorales. Ese papel está claramente establecido en las normas, tanto en la LOPRE como en su Reglamento, que establecen que el papel de los militares del Plan República es velar por la seguridad de los electores y de la mesa electoral, resguardar los materiales electorales, trasladarlos, mantener el orden público en el centro de votación y sus adyacencias, y velar por el orden general del proceso.

Igualmente se establece que ningún efectivo del Plan República podrá intervenir en el desarrollo de las actividades inherentes al proceso electoral, salvo las actuaciones que le están expresamente señaladas en la Ley y el Reglamento. Debido a que cada vez se les asignan más funciones en la custodia y traslado del material electoral y los resultados del proceso, lamentablemente en la práctica hemos visto que se extralimitan e involucran en el proceso como tal, llegando incluso a decidir el funcionamiento de los centros, la hora de apertura y cierre de las mesas, etcétera.

Es probable que, para este venidero proceso electoral, por su significación, se deba contar con las FF. AA. para la vigilancia y protección del mismo, pero siendo estrictos en que se cumpla escrupulosamente lo que establecen la Ley y el Reglamento y lo que se acuerde. Para futuros procesos ya se debe ir pensando en alcanzar la meta de prescindir de las FF. AA. −y, por supuesto, de cualquier tipo de milicia− y restituir plenamente el sentido y carácter eminentemente «ciudadano» de este proceso. Se ha demostrado en distintos procesos de primarias que los ciudadanos estamos en plena capacidad para desarrollarlos y que, por tanto, las FF. AA. se limiten estrictamente al cuidado y vigilancia de los centros de votación y el material, y a prevenir cualquier tipo de violencia contra los electores.

Observación Electoral

La observación electoral es una práctica que está bien establecida en el país e incluso regulada, quizás excesivamente desde el punto de vista del «control», por parte de los organismos electorales. Se deben eliminar todas las trabas que se imponen a los observadores nacionales, cuyas organizaciones han demostrado capacidad técnica, reconocida incluso internacionalmente.

Para este proceso, y a futuro, se debe permitir plenamente la observación internacional, y ese es un punto que debe estar claramente establecido en el «acuerdo político» al que se llegue. Debe garantizarse la libre y plena participación de organizaciones internacionales reconocidas de observadores; y, por supuesto, la participación de los observadores electorales especializados en la materia de los organismos internacionales como la OEA, la Unión Europea y la ONU, a los que se les debe advertir e invitar con suficiente antelación para que preparen sus Misiones de Observación Electoral, MOE, y puedan observar todo el proceso, desde la campaña, pasando por el día de la votación, el proceso de proclamación de los resultados y el seguimiento al cumplimiento de los mismos.

Esa «observación» −nacional e internacional− debe abarcar y comprender también que se puedan realizar sondeos a “boca de urna” y obtener «conteos rápidos» que permitan prever y reconocer rápidamente los resultados por parte de todos los involucrados en la elección.

Respeto de los resultados

De nada nos sirve a los ciudadanos participar en procesos electorales si luego no tenemos los medios y la fuerza necesaria para hacer que se respeten los resultados. Ocurrido lo que todos sabemos el 28 de julio de 2024, no es necesario abundar más en el tema −especialmente porque los resultados aún no han sido publicados por el CNE en ninguna fuente pública que se pueda consultar y verificar−; el punto del respeto a los resultados es uno de los más importantes y álgidos de cualquier «acuerdo político» para realizar el proceso electoral que ponga fin −o inicie− el proceso de «transición».

Es iluso negar que en el «acuerdo político» a negociar deben estar involucradas todas las partes que han estado participando en el desarrollo político en Venezuela, especialmente desde enero de 2026; es decir, el gobierno nacional, la oposición democrática mayoritaria y el gobierno norteamericano; y este tema, el respeto a los resultados que arroje la voluntad popular, cualquiera que éste sea, es parte fundamental del «acuerdo político».

Marco jurídico

Todo el basamento jurídico electoral debe ser revisado, para adaptar sus normas a una Venezuela muy distinta a aquella que era cuando se definieron las que hoy tenemos. Y aunque se requiere de una modificación jurídica mayor, por ahora, para el próximo proceso electoral, se deben eliminar las normas que dificultan y limitan el Registro Electoral en el exterior; y, sobre todo, las que sujetan el derecho a votar en el exterior a las normas migratorias de otros países. Esas son las primeras modificaciones importantes que deben hacerse, y se pueden hacer de inmediato, pues es materia de reglamento, que puede modificar el CNE una vez que se cambie el que actualmente existe.

Tiempo habrá, con un nuevo CNE y una nueva Asamblea Nacional, para hacer una revisión más a fondo de las leyes orgánicas que hoy rigen el proceso −LOPE y LOPRE−; comenzando por la norma absurda e inconstitucional que hoy existe, según la cual la Asamblea Nacional −que es la que finalmente designa el CNE− conforma la mayoría del Comité de Postulaciones, organismo que presenta a ella misma los candidatos entre los cuales debe escoger a quienes va a designar.

Conclusión

Cumplido el objetivo de revisar algunos de los aspectos más importantes del proceso electoral con vistas al «acuerdo político» para realizarlo, concluiré en la próxima entrega con una síntesis de todos los temas tratados.-

https://ismaelperezvigil.wordpress.com/

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