Lecturas recomendadas
Derechos humanos vs derechos inhumanos
Los Derechos inhumanos han suplantado los Derechos humanos
Bernardo Moncada Cárdenas:
Vivimos en un mundo lleno de «derechos», pero ¿porqué, a menudo, nos parece que el mundo está tan «retorcido»?
¿A qué llamamos un derecho? ¿De qué sirven los derechos? ¿Son tan universales? ¿Por qué se habla de nuevos derechos? Son algunas preguntas sobre las que hoy es oportuno reflexionar.
Al inicio de las civilizaciones, la convivencia de múltiples y complejos intereses ya requirió establecer códigos de conducta, normas que trascendieran el básico principio retributivo del «ojo por ojo, diente por diente».
La Grecia antigua distinguía entre «Temis» (el imperio de las leyes, la legalidad) y «Diké» (la equidad, lo que hoy entendemos como justicia, aplicada a casos particulares: «dar a cada uno lo que es pertinente y lo que cada uno puede exigir»), bases de una conducta recta, en lo individual tanto como en colectividad. De esa necesaria rectitud surge el Roma lo «Directum» (recto, directo), que da origen a «Derecho», diferente de «ius» y de «iuris» (justo, justicia).
El derecho, así nacido, está relacionado con la ética, el comportamiento, y su valoración, ordenados al bien común. Una extensión de su significado llevó a expresar algo distinto, lo que llamamos «dignidad».
La genérica dignidad humana nació en el pensamiento clásico, pero la idea de dignidad personal nace en el cristianismo. El hombre, creado a imagen y semejanza de Dios, se considera sujeto libre y, por lo tanto, responsable de sus actos. Libertad y responsabilidad aparecen indisolublemente unidos a la dignidad.
En el cristianismo, culpa, pecado, expiación y perdón, son puntos centrales y, al no poder existir culpa sin libertad de elección, libertad y dignidad son condición y efecto evidentes. Antes del cristianismo existían la idea de libertad y conceptos similares al de dignidad, como el honor, la virtud, pero estos últimos se ligaban a condiciones sociales particulares; no a todo individuo.
El mensaje evangélico declara la condición de iguales para todos los seres humanos, sin distinción de origen o condición, sujetos de una dignidad concedida desde el inicio de la vida, la dignidad de hijos de Dios.
Aún el delincuente es hijo de Dios: «De esta forma, ustedes serán hijos de su Padre que está en el cielo. Él hace que el sol salga tanto para los malos como para los buenos y que la lluvia caiga tanto para los justos como para los injustos» (Mat 5:45-48). El criminal se hace reo por malograr la sociedad, y debe pagar; mas nunca pierde su innata dignidad.
Es de esta igualdad de donde proviene el significado moderno de «derechos», independiente del sentido estrictamente jurídico.
La Revolución Francesa asumió y deformó la consecuencia, intentando borrar la fuente, en su furor antieclesiástico. En la Declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) sintetiza: «Los hombres nacen y permanecen iguales en derechos. La finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.» (las mayúsculas son las del original). De este modo, la propuesta igualitaria del cristianismo se adapta a un proyecto político; y de los derechos «del Hombre» -así, en abstracto- queda excluido el derecho a la vida.
Siglos después, una Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada. Resultado del horror de la Segunda Guerra Mundial, después de la paz, y la creación de las Naciones Unidas, la comunidad internacional se comprometió a nunca más permitir atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. Los líderes del mundo decidieron complementar la Carta de las Naciones Unidas con una hoja de ruta, para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento. El borrador de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fue examinado en la primera sesión de la Asamblea General en 1946 y aprobado en 1948.
En el Artículo 29 de la Declaración, se lee: 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, … 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Reaparecen, al lado de los derechos, los deberes, contrapeso imprescindible para asegurar que una extrapolación de los derechos individuales menoscabe los derechos de los demás.
En esta nueva era se cuestiona la universalidad de derecho y deber, pretendiendo imponer multitud de caprichosos derechos, sin deberes que prevengan manipulación o malinterpretación, como las que a menudo vemos ocurrir escandalosamente.
Los Derechos inhumanos han suplantado los Derechos humanos.-